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La CDMX cierra sus puertas a niñas y niños víctimas de delitos

El gobierno de la Ciudad de México cerró sus puertas a niños y niñas víctimas de delitos, que ahora no tienen a donde ir si sufren violencia durante la cuarentena.

Ilustración de Víctor Solís, cortesía de Nexos

Ese día vi cómo sacaron a varios niños. Vaciaron el Centro en un par de semanas. Una niña de 8 años se fue llorando con su familiar. Apenas lo conocía y no quería regresar con su familia”, nos dice Javier, una de las personas que trabaja con los niños, niñas y adolescentes (NNA) víctimas de delitos que están albergados en la Agencia 59 del Ministerio Público en la Ciudad de México y en el Centro de Estancia Transitoria para Niños y Niñas. Su nombre, así como el de otras personas consultadas para esta investigación, es ficticio, ya que teme que el DIF o la Fiscalía de la Ciudad de México, entre otras autoridades, tomen represalias en su contra. Los nombres de los NNA utilizados en esta nota también son ficticios para proteger su derecho a la privacidad, pero todas las historias narradas son reales.

La Agencia 59 es la instancia encargada de dar acogimiento de urgencia a los NNA que están en situación de abandono, conflicto, desamparo, daño o peligro, relacionados con la comisión de algún delito.[1] Una alta funcionaria pública en la materia en la Ciudad de México trabajó por años de cerca con los NNA que se encuentran en esta situación y comentó preocupada:

“Ahí llegan todos los que ya no tienen ningún lugar a donde ir. Son los casos más graves. Niños y niñas que fueron víctimas de algún delito, abusadas sexualmente o lesionadas, entre otros casos. También algunos que presenciaron un homicidio o violencia fuerte en su casa, por ejemplo, en su familia, y que ya no tenían a donde ir”.

Por su parte, el Centro de Estancia Transitoria es una instancia de atención “integral y multidisciplinaria” que debería albergar a los niños después de que llegan a la Agencia 59, cuando ésta no haya podido reintegrarlos con algún familiar que garantice su bienestar una vez que haya pasado la emergencia. Sin embargo, estas semanas ambos lugares han cerrado sus puertas debido a la contingencia sanitaria provocada por la pandemia de COVID-19.

En un corto periodo de tiempo, las autoridades sacaron a casi el 80% de los 97 niños y niñas que estaban albergados ahí.  Algunos fueron canalizados a casas hogar; otros fueron entregados a sus familiares lejanos, a pesar de que esto no asegura que estén en buenas condiciones e incluso podría ponerlos en riesgo de nuevo; algunos más, cerca de una decena, fueron “ofrecidos” a personas ajenas, incluso a través de mensajes de WhatsApp, a ver si alguien podía hacerse cargo de ellos durante la cuarentena.[2]

No conforme con lo anterior, la Agencia 59 ha dificultado —si no es que ha impedido totalmente— el ingreso de personas menores de edad a sus instalaciones, a pesar de que pueden correr varios riesgos en sus hogares o en la calle, entre ellos: ser abusados mental, física y sexualmente, o incluso ser víctimas de violencias graves y perder la vida.

Del hacinamiento al vacío

La Agencia 59, que depende de la Fiscalía Central de Investigación para la Atención de Niños, Niñas y Adolescentes —que a su vez forma parte de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México—, sólo debería dar acogida a los NNA desamparados en los casos más urgentes, por un máximo de 72 horas.[3]

En 2018 y 2019, la Agencia registró el ingreso de 957 y 1,224 NNA, respectivamente. Según el registro de las autoridades, estos niños y niñas fueron víctimas directas o indirectas de violación, violencia familiar, privación ilegal de la libertad, lesiones, homicidio, abandono, abuso sexual, corrupción de menores y delitos contra la salud, entre otros delitos. Entre ellos, había 15 bebés con menos de un mes de vida, uno de ellos con 6 días de nacido.[4]

Gran parte de los niños y niñas que llegan a la Agencia 59 pasan más de 72 horas en ese lugar. Regina pasó cerca de seis meses en la Agencia. Otro niño que pasó demasiado tiempo en el lugar fue David: ingresó por cuarta vez a los 13 años, ya que las autoridades habían fallado varias veces en cumplir su obligación de encontrar a una familia que pudiera darle un acogimiento adecuado.

Una complicación adicional es que la Agencia sólo cuenta con un espacio de aproximadamente 20 camas, pero ha llegado a tener hasta 60 o 70 niños al mismo tiempo. Javier, que trabaja constantemente con los NNA, comenta que muchos de ellos tienen que dormir en el piso y no tienen espacios de recreación. La Agencia sólo cuenta con las habitaciones que funcionan como dormitorios con literas y unas cuantas cunas, un pequeño espacio cerrado donde comen y realizan las actividades del día y dos baños. Por si fuera poco, estas personas menores de edad no son separadas por edades ni por género: en el mismo espacio, pueden convivir, a veces sin vigilancia, bebés menores a un mes de vida, niños de 3, 4 o 9 años, adolescentes embarazadas y adolescentes hasta de 17 años.

Ante la actual contingencia de salubridad, exfuncionarias públicas, organizaciones de la sociedad civil, activistas y expertos en derechos de la niñez han denunciado que la Agencia y el Centro de Estancia fueron vaciados “de un día para otro”. Una de las personas que proporcionó información a Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI) estuvo presente cuando las autoridades de la Fiscalía reconocieron en una reunión de trabajo que de 97 NNA que estaban en la Agencia 59 y en el Centro de Estancia antes de la contingencia, sólo quedan 21. Ambos lugares ahora operan sólo con el 35% de su personal.

Los lineamientos que regulan el procedimiento para garantizar el derecho de NNA, a una familia (reintegración o adopción) prevén que deben realizarse evaluaciones psicológicas (entrevistas, interpretación de pruebas, análisis de factores de riesgo, análisis de personalidad, madurez y prevalencia emocional) y evaluaciones socioeconómicas (estudios de la dinámica familiar, salud de los integrantes de la familia, las condiciones de la vivienda y la economía familiar, el entorno comunitario, formas de crianza, entre otros). En el caso de las familias de acogida, las autoridades deben asegurar que sean aptas para dar el acogimiento temporal que los NNA necesitan en tanto son reintegrados a su familia de primer o segundo grado o canalizados a una casa hogar por un tiempo determinado, o  ntegrados a una familia mediante la adopción.[5]

¿Cómo hicieron las autoridades capitalinas para valorar y certificar a una familia adecuada para tantos niños en un par de semanas, a pesar de que comunmente llegan a pasar meses ahí antes de que eso suceda? “Violando las leyes y protocolos que protegen los derechos de los NNA”, nos dice Angélica, quien trabajó por años en uno de estos lugares y conoce la situación actual.

Al respecto, MCCI tuvo acceso a conversaciones de WhatsApp y otras comunicaciones a través de las cuales se ofrecía a niñas y niños albergados en la Agencia y en el Centro de Estancia a personas ajenas, para que estas se los pudieran quedar durante la cuarentena. “Por cuestiones de trabajo, a veces estoy en contacto con los niños. Por eso me dijeron, porque me concen. Me dijeron que si podía llevarme uno a mi casa por un par de semanas les harían un gran favor”, nos comenta con pena Valeria, una de las activistas que recibió este tipo de ofertas.

Daniela, que nunca ha conocido ni trabajado con los niños, también recibió una propuesta similar. “Una amiga me marcó para ver si no quería adoptar a un niño durante este caos. Son niños que tiene la Fiscalía por casos de violencia intrafamiliar y que, como son un chorro, no quieren tenerlos a todos juntos”. Daniela buscó a MCCI para denunciar este acontecimiento, ya que le preocupó la falta de control que advirtió sobre el manejo de los NNA, además de que la desconcertó que le ofrecieran un niño, pues no se siente preparada ni capaz de acogerlo.

“Debido a la emergencia sanitaria, el albergue temporal de la procuraduría necesita buscar a familias que se hagan cargo de los niños. Estamos buscando a familias que estén en condiciones de poder recibirlos, y no sé si tú o a alguien que conozcas podría ayudar”, fue el mensaje que recibió Sergio, quien nunca ha trabajado con los niños ni iniciado un proceso de acogimiento temporal. Él, a su vez, reenvió el mensaje a Mónica para saber si ella podía ayudar. Mónica acudió a MCCI para denunciar esta situación, ya que le parece “alarmante que manejen a los niños de esta manera”.

Las y los especialistas y activistas consultados para esta investigación también reprueban este tipo de prácticas. Margarita Greisbach, directora de la Oficina de Defensoría de Derechos de la Infancia (ODI), considera que este manejo irregular de los niños incluso podría implicar la comisión de varios delitos: “por lo menos es omisión de cuidados, pero también se pueden configurar delitos de trata de personas, dependiendo de las circunstancias específicas en las que se haya entregado a los niños”. El delito de omisión de cuidados amerita de 3 meses a 3 años de prisión, mientras que los delitos de trata de personas ameritan hasta 15 años de prisión en la Ciudad de México. A pesar de ello, en su experiencia, es común que se trate a las niñas y niños desamparados de esa manera: “hasta para incautar un automóvil se respetan más formalidades. Por lo menos ahí es más común que se llenen todos los formatos y registros obligatorios”.

“Se tiene que evaluar a profundidad a las familias que quieren acoger a los niños, no sólo cuando son familias ajenas, sino también cuando son sus familiares lejanos. Eso no se puede hacer en un par de semanas, menos con tantos niños adentro y con tan pocos recursos para las autoridades. Tristemente, hay casos en los que los niños son entregados a cualquier persona. Algunos son entregados a familias que no los quieren regresar, aunque su familia nuclear ya esté lista para recibirlos. Otros no se hacen responsables de ellos, ni siquiera les dan de comer, y los niños terminan en la calle o se los regresan a los familiares que abusaban de ellos. En los peores casos pueden ser entregados a alguien que abuse física o sexualmente de ellos, que les pegue, que los viole o incluso que los mate. Ha pasado”, añade Angélica.

Cecilia, que vio cómo salían algunos de los niños de la Agencia 59 y del Centro de Estancia Transitoria, está preocupada por los daños psicológicos que este episodio pudiera dejar: “aunque le falten recursos, el Centro sí tiene mejores condiciones para los niños que la Agencia, y todavía mejores que lo que viven con sus familiares. Varios se fueron llorando porque se sienten más queridos en el Centro. Saben que a donde van posiblemente nadie les haga caso, los ignoren, no les den de comer, los hagan sentir mal, como una carga, o que les griten y les peguen. Ya ni hablar de otras cosas que sí les proporciona el Centro o algunas casas hogar, como educación, asistencia psicológica, servicios de salud y otras cosas”.

Frente a esta situación, es apremiante que el Estado mexicano otorgue un presupuesto suficiente para implementar acciones de protección especial y fortalecimiento de familias y comunidades, a fin de que NNA puedan gozar plenamente de sus derechos humanos.

Miguel Alfonso Meza (@MiguelMezaC) es miembro del Despacho de Investigación y Litigio Estratégico de Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad.


[1] Según el “Acuerdo A/017/2016 del C. Procurador General de Justicia del Distrito Federal, por el que se establece el procedimiento a través del cual la Fiscalía Central de Investigación para la Atención de Niños, Niñas y Adolescentes realizará la Canalización de Niñas y Niños que se encuentren en Situaciones de Abandono, Conflicto, Desamparo, Daño o Peligro, Relacionados con Averiguaciones Previas o Carpetas de Investigación, al Centro de Estancia Transitoria para Niños y Niñas”.

[2] De acuerdo con la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la Familia de Acogida se define como: Aquélla que cuente con la certificación de la autoridad competente y que brinde cuidado, protección, crianza positiva y la promoción del bienestar social de niñas, niños y adolescentes por un tiempo limitado hasta que se pueda asegurar una opción permanente con la familia de origen, extensa o adoptiva.

[3] En tanto se definen las medidas especiales de protección, establecidas en el Artículo 26. de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

[4] Esta información fue obtenida a través de respuestas a solicitudes de información que fueron compartidas con Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad por una de las personas que fue consultada para esta investigación, cuya identidad solicitó mantener en el anonimato por temor a represalias.

[5] Entre ellos, los Lineamientos del Modelo de Atención Integral a Niños, Niñas y Adolescente en Situación de desamparo o Riesgo y de su Seguimiento Social, que

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