La construcción de un marco jurídico mediante el cual se dé respuesta a la urgente necesidad de erradicar la corrupción es una demanda ciudadana emprendida desde hace varias décadas en México.
Dichas demandas se encuentran acompañadas por las diversas obligaciones que ha asumido el Estado Mexicano ante la comunidad internacional para prevenir, investigar y combatir la corrupción. Un ejemplo de esto son los compromisos asumidos desde el tratado comercial que México ha suscrito con sus similares de América del Norte contenidos en el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
Como antecedente directo al T-MEC, en 1994, Estados Unidos, México y Canadá crearon la región de libre comercio más grande del mundo a través del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN). El 30 de noviembre de 2018, las tres naciones firmaron un nuevo acuerdo para comenzar con el proceso de actualización del Tratado.
Estas negociaciones permitieron retener los elementos clave de esta relación comercial, así como incorporar disposiciones nuevas y actualizadas destinadas, como es el caso del establecimiento de obligaciones claras para la cooperación en el combate a la corrupción.
Lo anterior, trae consigo tres grandes compromisos generales que exigen al Estado Mexicano: 1) contar con un marco jurídico congruente y armónico; 2) creación y fortalecimiento de las instancias administrativas y jurisdiccionales e impulsar políticas públicas dirigidas a la prevención, investigación o sanción de la corrupción; y, 3) contar con medidas que garanticen la cooperación y coordinación internacional. Así, a través de estos compromisos adquiridos por México al suscribirse a este instrumento, se pueden categorizar las 18 obligaciones específicas que emanan del capítulo 27 del T-MEC en materia anticorrupción.
Sobre el cumplimiento del conjunto de obligaciones adquiridos por el estado mexicano en cuanto a la armonización en el derecho interno de las 18 obligaciones identificadas del T-MEC, se hace notar que el 13.33% de ellas por su naturaleza no requieren ser integradas a la normativa, mientras que el 40% no han sido homologadas o fueron homologadas de forma parcial. Entre estas obligaciones pendientes se encuentran temas relevantes como soborno y delincuencia transnacional, la tipificación de la complicidad en actos de cohecho de un servidor público extranjero, el establecimiento de una jurisdicción especial para casos que involucren a estos servidores y la definición de responsabilidad para personas jurídicas.
A la par de la armonización en el marco jurídico nacional, las normas requieren traducirse en acciones concretas de gobierno mediante la implementación de políticas públicas. Al analizar el contenido del T-MEC a la luz de las políticas emprendidas por la presente administración, se destacan que se encuentran pendientes o han sido implementadas de forma parcial el 86.66% de las obligaciones contenidas en el tratado. Estas obligaciones incluyen temas como la eliminación de beneficios tributarios, el beneficio indebido por abuso de influencias, obstrucción de la justicia, sistemas de denuncia eficientes para funcionarios, procedimientos para selección y capacitación para ocupar cargos públicos, fomento de participación activa de personas y grupos fuera del sector público en la prevención y la lucha contra la corrupción; entre otros.
Por otro lado, resulta importante reconocer que, a la par de los compromisos internacionales, existen avances en materia anticorrupción que se han gestado en los últimos años, entre estos destacan las nuevas reglas para las declaraciones patrimonial y de posibles conflictos de intereses; políticas, reglas e instrumentos para promover acciones a favor de la integridad, así como distintas acciones en materia de austeridad aplicables al ejercicio del gasto público federal. Sin embargo, la falta de inclusión o la incorporación limitada de las obligaciones emanadas de instrumentos o tratados internacionales como el T-MEC repercute en los esfuerzos emprendidos por esta administración y por las pasadas en la lucha anticorrupción, pues desmantela políticas y acciones coordinadas en la materia, sin proponer acciones nuevas o complementarias para abordarlas. Lo anterior impacta la respuesta del Estado frente a la corrupción del presente y pasado.
Se esperaba, que durante la administración de un gobierno que asegura que uno de sus principales pilares es acabar con la corrupción, existiera menos ambigüedad sobre las políticas para controlar la corrupción en documentos públicos como el Plan Nacional de Desarrollo o el programa sectorial, Programa Nacional de Combate a la Corrupción y a la Impunidad y de Mejora de la Gestión Pública 2019-2024. Existe basta información, de diversas fuentes, y evidencia que permite al gobierno federal elaborar un diagnóstico certero, insumos técnicos y programáticos para facilitar la toma de decisiones y orientaciones institucionales. Al revisar estos documentos, se puede concluir que para esta administración, la austeridad es el principal eje rector en el combate a la corrupción.
Para México, adoptar políticas más estrictas en la gestión de los recursos públicos, es una idea apropiada. Sin embargo, la austeridad se ha traducido en recortes arbitrarios y sin un enfoque estratégico, lo que podría llegar a ser un foco de nuevos actos de corrupción. En este sentido, lejos de ser un instrumento que genere ahorros, mejore la calidad de los servicios gubernamentales y combata la corrupción, la austeridad puede, por el contrario, generar inconformidad y malestar social. Aunado a eso, y de manera contradictoria, las áreas anticorrupción del gobierno también se ven afectadas por los recortes, lo que debilita su capacidad de seguimiento e investigación.
Ante este contexto, el seguimiento del cumplimiento del estado mexicano ante los compromisos internacionales asumidos resulta de la mayor trascendencia pues permite tener más claridad de la ruta que las acciones gubernamentales deberían tomar para prevenir, combatir y eliminar la corrupción. Con esta claridad sería posible también evaluar dichas acciones.
Para conocer más sobre el cumplimiento de México y sus obligaciones internacionales en esta materia, puede ser consultado el documento de Mexicanos contra la Corrupción e Impunidad Análisis de la Normativa Internacional en Materia de Anticorrupción y su Cumplimiento en México; que mediante la identificación, revisión y sistematización del cúmulo de obligaciones que El Estado Mexicano ha adquirido en materia anticorrupción de diversos instrumentos internacionales, entre ellos, el T-MEC, para evaluar de manera detallada su nivel de cumplimiento a través de los tres grandes compromisos que anteriormente ya abordamos.
Que el Estado Mexicano asuma obligaciones frente al mundo y se sume a los esfuerzos por combatir la corrupción es un paso adelante hacia una democracia real, sin embargo, el cumplimiento de éstas aún es pendiente.
Vianey Galindo Cano. Abogada feminista, maestra en derechos humanos por Queen Mary University of London y Directora del Instituto de Formación de Justicia y Derechos Humanos S.C.
Viviana Arce. Feminista, licenciada en derecho por el ITESO. Representante legal de UDJ A.C.; Asistente de Investigación en Xenia Consultoras S.C. y Asesora Global de la región de A.L. y el C. en FRIDA The Young Feminist Fund.