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Relatos salvajes en la República: el caso Velasco y el fideicomiso de los damnificados

Ilustración de Victor Solís, cortesia de Nexos.

Agosto de 2018 será recordado como un mes en el que la impunidad campeó sin freno en el país. Distintas autoridades, políticos y ciudadanos cometieron una serie de actos muy criticables cuyo desenlace ocurrió en el mes que recién concluyó. Pasó de todo: desde la sospechosa liberación de la “inocente” Elba Esther Gordillo; la indignante “reclasificación” de la PGR para descafeinar los delitos de un Duarte (el de Veracruz) y para liberar a Alejandro Gutiérrez, el artífice financiero del desvío de recursos del otro Duarte (el de Chihuahua); los linchamientos, producto de rumores y equívocos en Puebla y en Tlaxcala; las modificaciones a las leyes locales ordenadas por Manuel Velasco para permitirle pedir licencia como gobernador y asumir como senador, luego pedir licencia como senador para regresar y concluir su encargo como gobernador, y luego regresar finalmente como senador (sí, aunque usted no lo crea); hasta la insólita, increíble y alucinante revocación por parte del Tribunal Electoral de la sanción que el INE le había impuesto a Morena por el mal uso de recursos públicos y su confusión con privados en un fideicomiso para los damnificados de los terremotos. De ese terrible abanico de opciones, cuyo denominador común es la impunidad, refiero comentarios sobre estos dos últimos casos.

Constituciones, leyes y procesos a modo

Ya de por sí estuvo muy cuesta arriba conseguir la candidatura plurinominal en su momento. Frente a la prohibición constitucional de que los gobernadores en funciones puedan postularse como candidatos a senadores “en sus respectivas jurisdicciones”, y tras la sentencia (otra) del Tribunal Electoral que decidió interpretar esa prohibición de manera light —considerando que no alcanza a los que sean postulados por vía de representación proporcional— se permitió confirmar el registro del ahora ex jefe de gobierno de la Ciudad de México, Miguel Ángel Mancera, a la vez que el Tribunal empezó el desaseo en el caso de Manuel Velasco.

El INE, que en un primer momento no validó la candidatura de Velasco, tuvo que acatar la resolución referida del Tribunal Electoral para registrarlo tan sólo un día antes de las elecciones como candidato sustituto a senador plurinominal. Complementando la burda y audaz maniobra, el gobernador/senador (¿?) consiguió de su dócil congreso local una reforma legal ad hoc para poder pedir licencia provisional a su cargo, asumir como senador, intentar que el Senado le aceptara otra licencia, regresar a Chiapas para terminar su mandato como gobernador, y luego volver al Senado. En el fondo, se trazó una ruta de muy dudosa legalidad para violar el precepto constitucional que establece que no se pueden tener simultáneamente dos cargos de elección popular (aunque sea “con licencia”).

La clase política quedó evidenciada en el Senado al tener que celebrarse dos votaciones para pronunciarse sobre el asunto de conceder o no la licencia senatorial: la primera que la negó, para luego llamar a una nueva votación para revertir la anterior y terminar por aprobar finalmente la polémica licencia. El Partido Verde no entendió el mandato en las urnas y uno de sus principales referentes queda evidenciado con una maniobra abyectamente burda y prevaricadora. La contraprestación fue exhibida de inmediato: cinco diputados verdes se sumaron al bloque de Morena, con lo que ya alcanzó la mayoría absoluta en la Cámara Baja del Congreso de la Unión.

Una más del Tribunal Electoral

Los fallos de la Sala Superior del TEPJF se acatan y punto. Ello, por supuesto, no quita que se puedan criticar tan acremente como sea necesario. El de la madrugada del sábado pasado, resulta la culminación de una serie de reveses que la Sala Superior le ha propinado a la autoridad administrativa. Por recordar algunos de los más célebres, se cuentan las resoluciones del INE por las que se determinó que el entonces candidato de la coalición liderada por el PRI, Miguel Riquelme, había superado el tope de gastos de la campaña por la gubernatura de Coahuila, el uso de las tarjetas rosas (dádivas electorales) distribuidas a diestra en siniestra en la campaña por la gubernatura del Estado de México, el anteriormente caso descrito sobre el registro a senador plurinominal de Velasco, o el que hasta ahora parecía el fallo más ominoso: el obsequio a Jaime Rodríguez Calderón, El Bronco, de un lugar en la boleta presidencial. Ciertamente, hay que señalar que esos y otros polémicos fallos no habían sido adoptados por unanimidad. Esto es, se pudiera separar el criterio jurídico en algunos casos, por ejemplo, del magistrado Reyes Rodríguez, de otros de sus colegas.

Pero la sentencia relativa a la revocación de la decisión adoptada por el Consejo General del INE por la que se determinó multar al partido Morena por 197 millones de pesos por irregularidades en el uso del denominado “Fideicomiso por los demás”, tiene, en mi entender, una serie de costados muy vulnerables.

Entre otros argumentos y resolutivos, la sentencia reconoce que el INE está facultado para revisar recursos públicos y privados de los partidos, por lo que tiene competencia formal para investigar hechos relacionados con un fideicomiso cuando se presuma que dicho instrumento se use para evadir las reglas de financiamiento de partidos. El fallo de la Sala Superior exime de culpar a Morena bajo dos argumentos: la imposibilidad de probar la existencia de un nexo causal entre el sujeto responsable (Morena) y la determinación de un beneficio por una actividad ilícita, y que no se siguió un adecuado procedimiento de derecho de audiencia, por lo que se debía haber respetado la presunción de inocencia en favor de Morena.

A mi entender, diera la sensación que la sentencia del Tribunal buscó el lado más endeble y tangencial para exculpar a Morena de irregularidades cometidas con respecto al fideicomiso. Esto es, no se metió en el fondo del asunto, el más polémico, y tras una postura garantista, terminó por convalidar acciones francamente injustificables, si lo que se pretende es tener una rendición de cuentas y una fiscalización sólida sobre el origen, empleo y destino de los recursos de los partidos políticos.

Los hallazgos a los que había arribado la Comisión de Fiscalización del INE, pulcra y responsablemente presidida por Ciro Murayama produjeron conclusiones robustas, que no dejaron cabos sueltos y bajo ninguna circunstancia prejuiciosas. Un dictamen técnico de auditoría, siguiendo las disposiciones legales y reglamentarias aplicables y utilizando los instrumentos a su alcance, considerando además la apretada temporalidad para resolver las quejas e informes de campaña. Así pues, quedan a la luz pública una serie de conductas que no sólo no fueron sancionadas por el Tribunal, sino que abren la puerta a la comisión de esas y otras conductas cuestionables.

Las conclusiones a las que arribó el INE fueron en extremo sólidas y cautas, se limitaron a señalar que se acreditaron 3 millones de pesos provenientes de empresas, sujetos que tienen prohibido aportar al financiamiento partidario, o que no se habían respetado las formas para obtener y aplicar el financiamiento. En ningún momento se acusó sobre financiamiento ilegal detrás de 44 millones de pesos que se recibieron del fideicomiso o se concluyó que esos recursos hubieren sido para gasto electoral. Utilizando una metáfora: el INE determinó que no tiene sabor, ni calorías, es incolora, inodora e hidrata. Sólo los malpensados que vieron el modus operandi a través de los videos en las ventanillas bancarias podrían haber elucubrado algo así, cuando se comprobaron operaciones sucesivas y regulares por montos sospechosamente uniformes de 50 mil pesos en efectivo, con un grupo compacto de personas haciendo filas de bancos, para depositar ¡44 millones en 7 días! O sea, llamar al agua por su nombre.

Y de ahí lo sorprendente de la resolución del Tribunal: revocar lisa y llanamente la sanción (¡albricias que el TEPJF utilizara su “plena jurisdicción”!) y le impide al INE volver a pronunciarse sobre el asunto.

Consejeros electorales del INE y magistrados de la Sala Superior del TEPJF son, por supuesto, doctos y versados en materia electoral. No deja de ser muy llamativo que una decisión tomada por 10 de 11 consejeros electorales sea tan radicalmente opuesta a la de los 7 magistrados de la Sala Superior del TEPJF. El asunto se resolvió por el diseño institucional por el que unos (Tribunal) revisan las decisiones tomadas por otros (INE). Ante el avasallamiento que genera el capital del gobierno recientemente electo, gran parte de la clase política va ajustando sus comportamientos y actitudes.

Es una época difícil para disentir de las corrientes de opinión predominantes sin que venga una vorágine de juicios descalificadores e irreflexivos. La crítica es no sólo pertinente, sino necesaria para la salud republicana, antes de que la genuflexión sin obstáculos se convierta en el deporte nacional del sexenio que está por comenzar


Horacio Vives Segl es Politólogo por el ITAM y doctor en Ciencia Política por la Universidad de Belgrano (Buenos Aires, Argentina). Director del Centro Lujambio del ITAM. Miembro del Sistema Nacional de Investigadores del Conacyt. Analista político.

[email protected] / @HVivesSegl

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