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Repensar la prisión y la justicia 

La prisión es una figura muy presente en nuestro imaginario. Incluso, hemos llegado a equiparar esta medida con obtener justicia. Sin embargo, ¿realmente conseguimos justicia cuando una persona es encarcelada?

Te explicamos la nota
Diana García, investigadora en Mexicanos Contra la Corrupción, explica qué es la prisión preventiva y por qué es urgente reforarla para garantizar los derechos humanos
Diana García
Diana García

Día con día escuchamos alguna noticia relacionada con la prisión. Noticias sobre algún político al que encarcelaron, sobre una reforma que se aprobó para aumentar la duración de la privación de la libertad como castigo para ciertos delitos o, incluso, sobre algún personaje que logró escapar de un centro penitenciario. La realidad es que la prisión es una figura sumamente presente en el imaginario colectivo mexicano. Así pues, es normal que nuestra sociedad con frecuencia equipare enviar a alguien a prisión con hacer justicia. Sin embargo, es necesario reflexionar sobre nuestra posición como sociedad frente a estas dos acciones: cuestionar si realmente conseguimos justicia cuando una persona es encarcelada, así como cuestionar si condenar a una persona a pasar un cierto tiempo en prisión implica una reparación integral para las víctimas de los delitos. 

Esta reflexión es importante porque la prisión preventiva, ya sea oficiosa o justificada, atenta en contra de varios derechos humanos. En primer lugar, la práctica de encarcelar a personas que no han sido declaradas culpables de los delitos de los que se les acusa es incompatible con la presunción de inocencia: esta medida lleva a que una persona sea privada de su libertad sin que se haya demostrado su culpabilidad. Además, las personas que se encuentran en prisión sin sentencia ven vulnerados sus derechos a la integridad personal, entre otros, pues las condiciones en los centros de reinserción social no permiten el pleno ejercicio de los derechos fundamentales de las personas privadas de su libertad. 

Es importante especificar las diferencias entre la prisión preventiva oficiosa y la justificada. Por un lado, la prisión preventiva oficiosa procede de manera automática en el caso de que alguien sea acusado de algún delito contemplado en el Artículo 19 de la Constitución. Por otro lado, la prisión preventiva justificada procede en caso de que otras medidas cautelares no sean suficientes para asegurar la presencia del imputado durante el proceso penal, o bien cuando la libertad de la persona acusada resulte un obstáculo para el desarrollo de la investigación o la protección de las víctimas, la comunidad o testigos.

En este texto pretendo brindar un nuevo acercamiento hacia la figura de la prisión y exhortar a quien lo lee a pensar en distintas formas de justicia. En primer lugar, presento  algunos datos sobre la prisión en México y un razonamiento sobre por qué se comenzó a abusar de esta figura. En segundo lugar, reviso los casos de la exsecretaria Rosario Robles y el exprocurador Jesús Murillo Karam. Finalmente, presento algunas reflexiones como conclusión. 

cancun, quintana roo, 28abril2015. en el penal de la ciudad prevalece el rumor de un nuevo enfrentamiento entre reos, luego de que el pasado domingo se registrará una riña entre presos por un partido de fútbol, esto en venganza por las fuertes lesiones que mantienen entre la vida y la muerte de uno de los participantes en la reyerta. autoridades carcelarias optaron por retirar a los visitantes del penal. foto: elizabeth ruiz /cuartoscuro.com
Penal de Cancún, Quintana Roo. Fotografía: Elizabeth Ruiz / Agencia Cuartoscuro

Prisión preventiva: ¿cómo llegamos aquí?

¿Por qué el uso de la prisión en México ha aumentado en los últimos años? Una de las posibles razones es por el aumento de la criminalidad en el país. De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), la tasa de incidencia delictiva en México por cada 100 000 habitantes pasó de 30 535 en 2010 a 37 807 en 2018. Del mismo modo, la percepción de inseguridad pasó de 69.5% en 2011 a 79.4% en 2018. La clase política mexicana decidió hacerle frente al aumento de la criminalidad desde una perspectiva punitivista: optaron por aumentar las penas y utilizar al derecho penal como la solución a los problemas del país. El populismo penal impregnó todo el sistema de justicia mexicano. 

Un ejemplo que ilustra el populismo penal en México es la reforma constitucional del 12 de abril de 2019. En esta reforma constitucional se amplió exponencialmente el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, haciendo posible que un gran número de personas estén sujetas a esta medida cautelar de manera automática. 

El marco legal mexicano establece que la prisión preventiva debe ser una medida extraordinaria. Así pues, resulta pertinente mostrar los datos que ilustran el abuso por parte de las autoridades al tomar esta medida. De acuerdo con la Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad (ENPOL) 2021, del total de las personas privadas de su libertad a nivel nacional, 28% se encontraba en prisión sin una sentencia condenatoria. Es decir, no se había demostrado que eran culpables, pero aún así se encontraban privadas de su libertad. Este dato cambia en el caso de las mujeres. Del total de mujeres recluidas, el 46% no tenía sentencia. 

De acuerdo con un estudio realizado por Animal Político e Intersecta, donde los autores analizaron los datos de veintiún entidades federativas, en 2019 y 2020 la frecuencia con la que las las autoridades mexicanas dictaron prisión preventiva aumentó en 25.5% respecto a los dos años anteriores a la reforma constitucional en la materia. Esta investigación ofrece evidencia de que la reforma de 2019 impactó directamente en la vida de miles de personas que fueron privadas de su libertad después de este cambio constitucional. Uno de los casos más alarmantes fue el de Ciudad de México: durante 2020 el 100% de las personas que fueron detenidas  y enviadas a prisión fueron recluidas sin una sentencia.

Estos datos demuestran que la prisión preventiva es el pan de cada día del sistema de justicia penal en México. Pese a que debería ser una medida cautelar excepcional, se ha vuelto la regla. Dos casos políticamente notorios ilustran la disyuntiva entre el uso de la prisión preventiva y el acceso a la justicia: aquellos de Rosario Robles y Jesús Murillo Karam.

ciudad de mÉxico, 12agosto2019. rosario robles, ex titular de sedesol y sedatu, a su llegada a los juzgados del reclusorio sur, para presentarse a la audiencia por las acusaciones por el supuesto desvío de recursos durante su administración. foto: rogelio morales /cuartoscuro.com
Rosario Robles, ex titular de Sedesol y Sedatu, a su llegada a los juzgados del Reclusorio Sur, para presentarse a la audiencia por las acusaciones por el desvío de recursos durante su administración. Fotografía: Rogelio Morales / Agencia Cuartoscuro

El caso de Rosario Robles 

El viernes 19 de agosto de 2022 Rosario Robles salió del Centro Femenil de Reinserción Social de Santa Martha Acatitla, donde estuvo privada de su libertad por poco más de tres años debido a su presunta comisión del delito de ejercicio indebido del servicio público en relación con la famosa Estafa Maestra. Esto no significa que Robles haya obtenido una sentencia absolutoria. Más bien, el juez modificó las medidas cautelares en su caso, de manera que la antigua secretaria de Estado ahora tendrá que presentarse cada quince días ante la Fiscalía y no podrá salir del país en lo que concluye su proceso, aunque no tendrá que permanecer en prisión hasta que su caso se resuelva. 

El caso de Robles ha sido mblemático, ya que ella ha estado bajo el reflector por la Estafa Maestra, en la que Mexicanos Unidos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI) y Animal Político detectaron contratos ilegales por 7670 millones de pesos. Sin embargo, es importante señalar que Robles no fue la única funcionaria que presuntamente estuvo implicada en este esquema de desvíos. De acuerdo con la investigación ya mencionada, hay alrededor de ochenta personas que presuntamente también participaron. No obstante, ni siquiera el 10% de las personas supuestamente involucradas han enfrentado un proceso penal. Algunas personas que presuntamente participaron ostentan hoy en día cargos públicos de alto rango, como el caso de Alfredo del Mazo, gobernador del Estado de México. 

Pareciera que las autoridades mexicanas han optado por elegir chivos expiatorios y vender esto como justicia. Pero una persona en prisión no es sinónimo de que se hizo justicia. Como ya lo mencioné anteriormente, la Estafa Maestra implicó el desvío de miles de millones de pesos; recursos que debían llegar a la población mexicana y, en específico, a la población más vulnerable. De acuerdo con la estimación más reciente  del CONEVAL, en 2020 el 52.8% de la población en México tenía un ingreso inferior a la línea de pobreza. El 52% no tenía acceso a la seguridad social; el 28.2% no tenía acceso a servicios de salud; y el 22.5% carecía de acceso a una alimentación nutritiva y de calidad. En un caso donde millones de pesos fueron desviados y no llegaron a las manos que realmente lo necesitaban, es necesario replantearnos la idea de justicia. 

Una persona en prisión preventiva no implica que la población en pobreza ahora tendrá acceso a servicios de salud. Por otro lado, un sistema de justicia donde se realicen investigaciones sólidas de todas las personas implicadas —y se ordene a los culpables a reparar el daño y restituir al erario público los recursos que fueron desviados— implica que muy probablemente esos recursos sí llegarán a las manos que lo necesiten. Es momento de reflexionar si la cárcel realmente es la solución. 

mÉxico, d.f., 23mayo2015. jesús murillo karam, secretario de desarrollo urbano y territorial, asistió a la funeraria del issste sobre avenida san fernando para dar el pésame a la familia del político sebastian lerdo de tejada, quien fuera director del instituto de seguridad y servicios sociales de los trabajadores del estado (issste) y falleciera anoche por un infarto fulminante. foto: diego simÓn sÁnchez /cuartoscuro.com
Jesús Murillo Karam. Fotografía: Diego Simón Sánchez / Agencia Cuartoscuro

El caso de Murillo Karam 

El mismo día que Robles salió de prisión, el exprocurador Jesús Murillo Karam fue detenido. La Fiscalía General de la República lo investiga por desaparición forzada, tortura y delitos contra la administración de justicia. Su detención tuvo lugar después de que, el jueves 18 de agosto, la Comisión para la Verdad y Acceso a la Justicia del Caso Ayotzinapa diera a conocer un informe sobre los hechos ocurridos en relación con la desaparición de los 43 normalistas. Como era de esperarse, a Murillo se le impuso prisión preventiva como medida cautelar.

En la presentación del informe de la Comisión, los funcionarios encargados del tema expresaron que la desaparición de los 43 normalistas fue un crimen de Estado y que las autoridades federales y estatales fueron omisas y negligentes al no realizar una investigación sólida, lo que lleva a la conclusión de que la versión de los hechos que había presentado el gobierno no corresponde con lo realmente ocurrido. El informe expresa que “no vamos a solapar ningún abuso, violación a los derechos humanos ni injusticia alguna”. 

No cabe duda de que el caso Ayotzinapa es uno de graves violaciones a los derechos humanos y refleja todo lo que está mal en el país: desapariciones forzadas, tortura, opacidad e impunidad. Según el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y no Localizadas, a cargo de la Secretaría de Gobernación, en agosto de 2022 había 104 825 personas desaparecidas y no localizadas desde el 15 de marzo de 1964. De acuerdo con el análisis realizado en México durante 2019 por parte del Comité contra la Tortura de la ONU, en 2016 se realizaron 3214 denuncias de tortura, pero sólo ocho de ellas —el 0.24%— dieron lugar a una detención y un juicio. Además, de acuerdo con el INEGI, en 2019 se reportaron 2143 hechos de tortura a nivel nacional. Estos datos demuestran que las desapariciones y la tortura son una realidad cotidiana en México. 

Ante un caso tan complejo como el de Ayotzinapa, la justicia se queda corta al iniciar solamente un proceso penal. Es necesario escuchar a las víctimas; es necesaria una reparación integral; es necesario hacer investigaciones sólidas sobre la conducta de todas las personas involucradas; es necesario combatir la impunidad; y, sobre todo, es necesario poner a las víctimas y a sus familiares en el centro. Debemos pensar más allá de la prisión preventiva como sinónimo de justicia y apostar por un sistema penal que enfatice la reparación del daño. 

Si bien en los casos de desaparición forzada la reparación integral del daño es sumamente difícil, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha expresado que algunas medidas de reparación en estos casos consisten en determinar el paradero de las víctimas, garantizar el derecho a la verdad de los familiares y realizar acciones para rescatar la memoria de las víctimas. También que las autoridades lleven a cabo actos públicos donde reconozcan su responsabilidad y se disculpen —actos que permitan la reivindicación del recuerdo y memoria de las víctimas—, así como que garanticen la rehabilitación psicológica de las víctimas y sus familiares y, sobre todo, que se aseguren de tomar medidas de no repetición. Es claro que el caso Ayotzinapa refleja los males que impregnan al país. De ahí la importancia de que las autoridades tomen en serio su responsabilidad y faciliten que los familiares de las víctimas obtengan justicia. 

Una persona en prisión no significa que se haya hecho justicia. Para combatir la impunidad en el país, debemos investigar a todas las autoridades responsables. Más allá de la prisión, lo más importante es que se lleven a cabo investigaciones sólidas y que siempre se busque reparar el daño. La prisión preventiva es un problema público que implica múltiples violaciones a derechos humanos, por lo que es necesario comenzar a replantearnos la postura que tenemos frente a ella. Tan es así que la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Corte Interamericana de Derechos Humanos van a analizar si la prisión preventiva realmente es una figura acorde con los derechos humanos. Este país le debe mucho a las víctimas y es insuficiente pensar que la prisión es la solución para todo lo que sucede en México.  


Diana García Angeles 

Egresada de Derecho del CIDE e investigadora en Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad

Todas las opiniones vertidas en este espacio son responsabilidad de las autoras o los autores y no representan la postura de Nexos o de Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad

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