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Vericuetos de la revocación de mandato

La revocación de mandato se presenta como un instrumento ciudadano, pero tiene muchos obstáculos para solicitarla y, luego, limita el papel de la ciudadanía solo a votar «si» o «no».

Con 491 votos a favor, 1 abstención y 1 en contra, fue aprobado en lo general la minuta con proyecto de decreto por el que se expide la ley federal de revocación de mandato. FOTO: MARIO JASSO/CUARTOSCURO

La discusión sobre la ley de revocación de mandato en el congreso mexicano se centró en aspectos poco trascendentes: en la pregunta y en el momento (periodo ordinario o extraordinario) en que el congreso la aprobaría. La oposición asumió como un triunfo que no se aprobara en un periodo extraordinario, aunque de poco le sirvió (fue aprobada días después).

En cuanto a la pregunta, se discutía si debía plantearse expresamente como una revocación o hacerlo como una continuación del mandato. En ese aspecto menor centró la oposición todos sus argumentos, olvidando que el plebiscito revocatorio más importante que se dio en América Latina en el siglo XX (Chile, 1988) fue ganado por la oposición a Pinochet a partir de una propuesta de continuación de la dictadura y la respuesta fue NO. La forma de plantearlo debe ser clara, pero de ninguna forma plantearlo como continuidad y no como revocación le da ventaja alguna al gobernante si se enfrenta a un electorado harto de corrupción, de ineficiencia o que ya no le tiene confianza. Sin embargo, la oposición mexicana creyó que el punto más importante debía ser que la pregunta mencionara puntualmente que se trata de una revocación y no de un instrumento de fortalecimiento del ejecutivo. Al final, el partido en el gobierno cedió y desactivó las demandas opositoras.

Este instrumento ciudadano es importante por tres cuestiones, no del todo discutidas en el congreso: 1) la primera, y más importante, porque empodera al ciudadano. Permite que ponga en duda la eficiencia del gobernante o la pérdida de confianza ciudadana en un funcionario electo democráticamente; 2) la segunda razón es porque el solo hecho de plantearlo y lograr que se lleve a cabo es un instrumento que pone contra las cuerdas al gobernante, aunque soterradamente —como en el caso de AMLO— él mismo quiera que se lleve a cabo; 3) la tercera y última razón: porque el resultado, aunque sea favorable al gobernante, puede causarle daño en su imagen o una abolladura a su proyecto.

El carácter ciudadano

Más allá de lo aprobado por el congreso, el ciudadano se beneficia de contar con un instrumento como la revocación de mandato o plebiscito revocatorio. Para ello, ese instrumento debe poder plantearse y debe ser factible que el gobernante sea removido de su cargo. En otras palabras: que no sea letra muerta de la constitución y que el proceso no sea una mera simulación.

En ese sentido, es bastante discutible que la legislación aprobada por el congreso y lo previsto en la constitución puedan desembocar en que el revocatorio se lleve a cabo por voluntad de los ciudadanos. Es muy alto el requisito impuesto en la constitución, consistente en que la solicitud del revocatorio es válida si se plantea por un tres por ciento de la lista nominal de electores. Dos ejemplos de lo difícil que es recabar firmas de adhesión pueden ilustrar lo que aquí se sostiene: una asociación política puede convertirse en partido político si logra el respaldo del 0.26 por ciento del Listado nominal de electores (lo que al día de hoy es una cifra cercana a los 234 mil votantes), después de decenas de asambleas distritales en un periodo de un año; un ejemplo más: un partido político mantiene el registro si logra tres por ciento de la votación en alguna de las elecciones federales en las que participe, es decir, después de recibir financiación pública, espacios en medios de comunicación, después de llevar a cabo una campaña y pedir activamente el voto. En ambos casos estamos hablando de cifras menores a las que se exige para el revocatorio y con algunas ventajas evidentes: tiempo, financiación para campañas y acceso a medios de comunicación.

Visto así, cuando se exige que para realizar una consulta se acredite que es solicitada por al menos el 3% de la Lista Nominal de Electores, este se vuelve más que un candado: es un requisito que en la práctica impide a los ciudadanos plantear la revocación de mandato, porque en cuestión de un mes requiere que se logre la adhesión de 2.8 millones de votantes, sin la intervención de los partidos políticos y sin recibir financiación alguna. Todo eso parece una locura: sería insólito que los ciudadanos recaben prácticamente 3 millones de firmas de adhesión para llevar a cabo el plebiscito revocatorio en cuestión de cuatro semanas y, además, logren recabar tal número de firmas—el 3%— en 17 entidades distintas.

En la práctica, los ciudadanos podrán recabar firmas en el mes previo a su solicitud (según la constitución), la que deberá realizarse en los tres meses posteriores al treinta noviembre (cuando finaliza el tercer año del gobierno para el que fue electo el presidente). Un mes parece muy poco tiempo para recabar 2.8 millones de firmas, salvo que el hartazgo sea escandaloso.

Corrió solo y llegó segundo

Ningún gobernante puede estar seguro de lo que arrojará el plebiscito revocatorio. Puede presumir encuestas, pero el caso chileno muestra el quid del revocatorio: cuando el ciudadano percibe un resquicio real para remover al mandatario y existe un hartazgo innegable, el funcionario perderá el revocatorio.

Una semana después del ejercicio revocatorio chileno de 1988, un diario encabezaba su portada: “Corrió solo y llegó segundo”. Por regla general, eso es un revocatorio: un ejercicio donde el gobernante solo puede perder, aunque corra solo. Incluso Pinochet creía que lo ganaría y el hartazgo le negó la razón. Salir de un revocatorio fortalecido es algo inusual para un mandatario, porque no basta una participación importante, sino que el respaldo ciudadano sea irrefutable y que el solo planteamiento del revocatorio sea una decisión increíblemente suicida de la oposición.

Por supuesto que la oposición mexicana tiene en mente el ejercicio revocatorio de Hugo Chávez en 2004, cuando votó casi el setenta por ciento del electorado venezolano para decidir que no querían revocarlo y Chávez afianzó su poder. Eso es algo extraordinario y estamos hablando de un país que solo dos años antes había sufrido un golpe de Estado “avalado” por Aznar, el presidente del gobierno español. Buena parte del apoyo a Chávez en ese revocatorio tiene que ver con el golpe de Estado de 2002. La oposición, en todo caso, no puede equivocarse: el revocatorio debe ser convocado solo cuando sea probable ganarlo; de otra forma, sería un traspié para quienes lo solicitan.

Ganar sin ganar

El revocatorio dice muy poco si no se logra el umbral de votación para que se considere válido. En el caso mexicano, se decidió que debía votar el 40% de los inscritos en la lista nominal de electores. Puede alcanzarse esa cifra si la polarización es muy elevada o si el hartazgo, la corrupción o la ineficiencia del gobierno en funciones provocan que el electorado se vuelque en el proceso revocatorio. Por eso, es un instrumento extraordinario: porque es muy difícil que esos elementos converjan. Que no se alcance el 40% de la votación en un ejercicio revocatorio hablaría mal del presidente y de quienes solicitan el plebiscito revocatorio: ninguno habría movilizado suficiente a sus bases.

Además, si el triunfo del gobernante no es inobjetable, su poder se verá minado.

De acuerdo con la constitución, el plebiscito revocatorio se realizará el domingo siguiente a los noventa días posteriores a la convocatoria. Noventa días en los que el INE debe promover la votación y los partidos podrán utilizar sus tiempos oficiales para fijar su posición respecto del revocatorio, pero donde el ciudadano está ausente: no puede contratar propaganda y su posicionamiento será en radio y televisión si estos se lo permiten, pero de ninguna manera puede comprar espacios.

En otras palabras, lo previsto en la constitución y lo aprobado en el congreso con relación a la revocación de mandato se puede resumir en que la discusión se dará si los medios de comunicación así lo quieren, solo los partidos pueden fijar posición y solo el INE puede promover la participación. Todo esto parece un mecanismo de prohibición (el ciudadano debe recabar firmas para que se lleve a cabo el revocatorio, pero nada más) y no un ejercicio de participación.

Vedar la intervención de los partidos con sus recursos y la ausencia del ciudadano en la discusión hace que este ejercicio sea como una toma de muestra de sangre para obtener un análisis de un laboratorio clínico. No importa lo que el ciudadano diga y lo que puedan argumentar a favor o en contra de la revocación, solo importa que done sangre: que recabe firmas y que vote. Se minusvalora la discusión y se constata la ausencia del ciudadano en el debate electoral.

Tal vez ese sea el resume la ley de revocación de mandato recientemente aprobada: es un ejercicio que debe impulsar el ciudadano (con muchos obstáculos), pero en el que su participación se limita luego a la votación. Lo que pueda argumentar no interesa. Un ejercicio “ciudadano” ideado para que no se lleve a cabo y para que la discusión sea mínima.

Profesor e investigador en derecho constitucional

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