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Desmantelar el INAI

Eliminar al INAI significa quitar a la ciudadanía el insumo esencial que tiene para vigilar al gobierno, exigir rendición de cuentas y proteger sus derechos y libertades.

El INAI está en el centro de la conversación nacional. En una de las conferencias mañaneras de días recientes, el Presidente expresó su intención de desaparecer algunos organismos autónomos que “consumen miles de millones de pesos que podrían ser destinados a la salud, a la educación, al bienestar del pueblo”. Específicamente, señaló que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) cuesta al gobierno mil millones de pesos y que su tarea podría ser reemplazada por las funciones de la Secretaría de la Función Pública o de la Auditoría Superior de la Federación.

Es necesario decir que esta no es la primera vez que el Presidente se pronuncia en contra de órganos constitucionales autónomos como el INAI. Desde que inició su gestión, el Ejecutivo ha sostenido que estos órganos fueron creados en el periodo neoliberal como una simulación, mientras servían de “florero” para gobiernos anteriores. Además, ha criticado los altos sueldos de sus titulares, su falsa autonomía y su falta de austeridad.

La crisis de salud y económica que vivimos actualmente justifica la implantación de medidas de austeridad y la reorientación del gasto hacia nuevas prioridades (hospitales, personal de salud, vacunas). Sin embargo, dichas medidas no justifican el desmantelamiento de las instituciones que, lejos de ocasionar un gasto, protegen y garantizan el ejercicio de los derechos más fundamentales de la ciudadanía. qué significa en realidad la propuesta de desmantelar al INAI tal y como está conformado hoy en día. Para responder esta pregunta es necesario conocer un poco sobre el sentido de su origen y su papel como Organismo Constitucional Autónomo (OCA).

El INAI existe porque hay dos derechos fundamentales y un valor que deben ser garantizados: el derecho de acceso a la información, el derecho a que nuestros datos personales sean protegidos y el valor de la transparencia. El reconocimiento de estos derechos y la imposición de la transparencia como una obligación del Estado frente a la ciudadanía fue resultado de la exigencia social de nuevos derechos y libertades, impulsada por la transición democrática de México en el año 2000. Esta transición implicó el fin del sistema de un partido hegemónico que por años gobernó y abusó del poder, valiéndose de la opacidad y la impunidad: una época en la que los derechos no se reconocían y el acceso a la información ni siquiera existía.

A principios de diciembre de 2001, un grupo de académicos y periodistas denominado “Grupo Oaxaca” presentó ante la Cámara de Diputados un proyecto de ley con el objetivo de crear un sistema jurídico e institucional en el que la ciudadanía pudiera acceder a cualquier tipo de información generada, administrada o en posesión de las autoridades. De esta manera, este nuevo sistema legal aseguraba la obligación del gobierno de hacer pública su información, rendir cuentas y actuar conforme al derecho.

Aunque con algunas modificaciones, este proyecto fue aprobado y el 11 de junio de 2002 se expidió la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, que dio vida al entonces Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI), como órgano desconcentrado de la Administración Pública Federal. El encargo específico del IFAI era ser la autoridad que obligara a cualquier entidad pública —incluyendo al presidente, las secretarías, partidos políticos, fondos públicos y cualquier persona que reciba recursos públicos o ejerciera actos de autoridad— a entregar la información pública que le solicitaran los ciudadanos, dirimiendo las disputas cuando el gobierno se negara y emitiendo criterios de clasificación o desclasificación de información, así como de protección de datos personales. Desde el inicio, el IFAI fue concebido como un organismo regulador y garante de los derechos del pueblo.

En materia de acceso a la información, el siguiente gran logro de la ciudadanía fue la reforma al artículo 6º constitucional, en el que se introdujo el reconocimiento explícito del derecho de acceso a la información de las entidades públicas como un derecho fundamental.

En febrero de 2014, se modificó nuevamente la Constitución para otorgarle autonomía y nuevas competencias al instituto, con lo que nació el INAI y el 4 de mayo de 2015 se expidió la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP), ahora vigente. La adquisición de autonomía por parte del INAI fue un paso importante ya que, en términos generales, un organismo autónomo surge como una exigencia social de certidumbre y confianza en la relación con los gobiernos, de modo que funcionan como contrapesos al poder. Dos de sus características fundamentales son contar con conocimientos técnicos y especializados y no depender de las directrices de los órganos centrales. De esta manera, son instituciones reguladoras, técnicas, especializadas y que protegen a la ciudadanía del abuso de poder o arbitrariedades del Estado en distintas materias.

¿Cómo logra el INAI lo anterior? Vimos que el INAI tiene tres funciones principales: garantizar el derecho al acceso a la información pública, garantizar la transparencia y garantizar el derecho a la protección de datos personales. Para ello, la LGTAIP tiene establecido todo un Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (SNT) y una Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) a cargo de 33 organismos garantes —El INAI y un organismo específico en cada entidad federativa— y de todos los sujetos obligados quienes, por medio de sus Unidades de Transparencia, deben rendir cuentas y proporcionar la información pública.

El derecho al acceso a la información pública puede ejercerse de manera sencilla mediante la presentación (presencial o electrónica) de solicitudes de información. Cualquier persona con acceso a internet puede, desde la comodidad de su sillón, solicitar información que posean las oficinas de gobierno y tiene el derecho a recibirla de manera gratuita, completa y oportuna. Lo único que debe hacer es acceder a la PNT y escribir su solicitud, sin la necesidad de cubrir ningún requisito como el de identificarse. Las entidades incluso están obligadas a tener módulos de atención para recibir solicitudes de información de personas que decidan o puedan hacerlas de manera presencial.

A partir de que se reciben las solicitudes, los sujetos obligados tienen 20 días hábiles para dar respuesta al solicitante y entregar la información completa. La LGTAIP contempla únicamente dos motivos por los cuales la información puede no ser entregada y ambos deben estar perfectamente fundamentados: por tratarse de información confidencial (que contenga datos personales que deben protegerse, esto no aplica completamente para información de servidores públicos) o por tratarse de información reservada (aquella que no pueda darse por comprometer cuestiones como la seguridad nacional, la procuración de justicia, entre otros).

Las solicitudes de información son probablemente las herramientas más valiosas que ha creado y protege el INAI. A la fecha, se han recibido y respondido más de dos millones de solicitudes de información; y es gracias a la información entregada por medio de estas solicitudes que la ciudadanía ha puesto en descubierto grandes casos de corrupción, abusos y malos manejos por parte de las autoridades. Por mencionar solo algunos, el INAI ha instruido al revelar información de personas a las que les fueron cancelados o condonados créditos fiscales, ha ordenado entregar versiones públicas de averiguaciones previas de casos polémicos como el de Odebrecht y ha expuesto un sinfín de faltas administrativas de órganos de gobierno.

Respecto a la transparencia, la LGTAIP establece la información que mínimamente las entidades de gobierno están obligadas a reportar para rendir cuentas. Dicha información se publica y actualiza de manera trimestral en la misma PNT, de modo que siempre está disponible para la consulta ciudadana. Ahí, cualquier persona puede consultar información relativa a: contratos, convenios, directorios de servidores públicos, sueldos y prestaciones de servidores públicos, informes de resultados, cualquier tipo de pagos, servicios brindados, síntesis curriculares, presupuestos, bienes muebles e inmuebles de las instituciones, etcétera. El INAI verifica y califica el cumplimiento de todas las entidades públicas respecto de estas obligaciones de transparencia.

Finalmente, en materia de protección de datos, el INAI establece los criterios para proteger la privacidad de los ciudadanos y su información personal que está en manos tanto de sujetos obligados (entidades públicas) como de particulares (empresas). Además, el Instituto se encarga de proteger el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al uso de nuestros datos personales. Este es un derecho sumamente importante si consideramos el contexto actual de hipervigilancia, flujo de información personal en redes sociales, venta de datos personales y ciberseguridad.

Lejos de duplicar funciones o generar gastos, la existencia del INAI es fundamental para proteger los derechos de la ciudadanía, para mantener al gobierno bajo el escrutinio público y mantener una sociedad democrática.

En términos generales, la existencia de los Organismos Constitucionales Autónomos (OCAs) asegura que el gobierno deje de ser juez y parte, y se convierta en un sujeto con obligaciones y responsabilidades que son vigiladas estrechamente y puestas bajo el escrutinio público. Son estas instituciones las que obligan o incentivan al Estado, al presidente, a los políticos, a los servidores públicos o incluso cualquier persona física o moral que reciba y ejerza recursos públicos, a actuar con legalidad y respeto de los derechos humanos. Son estas instituciones las que sirven a la ciudadanía al vigilar el actuar estatal y evitar arbitrariedades o abusos de poder.

Desmantelar dichas instituciones implica revertir los avances sociales y políticos que la ciudadanía ha logrado. Pensar en su desaparición implica regresar 20 años en el tiempo, cuando las solicitudes de información pública no eran un derecho exigible. Significa echar en saco roto los avances obtenidos mediante la exigencia social. La propuesta de trasladar las funciones del INAI a otra dependencia pública terminaría permitiendo al gobierno decidir qué información (si alguna) debe darse a los ciudadanos con lo que se concentraría y favorecería el ejercicio discrecional y arbitrario del poder. Eliminar al INAI significa quitar a la ciudadanía el insumo esencial que tiene para vigilar al gobierno, para exigir una rendición de cuentas, para proteger los derechos y las libertades que consiguió con la transición democrática.

El INAI, como cualquier organismo o dependencia, es perfectible. Sin embargo, antes de considerar la posibilidad de desaparecerlo, deben aprovecharse tanto la inteligencia institucional creada como la experiencia acumulada de 20 años para fortalecer y mejorar sus funciones. Ir en ruta contraria atenta contra la transparencia y apunta a la opacidad.


Leticia Raquel Real Rodríguez. Licenciada en Relaciones Internacionales por la UNAM y Maestra en Administración y Políticas Públicas por el CIDE. Desempeña funciones en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales en el CIDE.

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