Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad
Última actualización: 1 de junio de 2023
El objetivo de este Código de Ética es expresar los valores compartidos de quienes colaboran en Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad. Este código guía el comportamiento de las personas que colaboran en la organización durante su ámbito laboral, en su relación con otras personas colaboradoras y con personas externas a la institución.
Este código busca que quienes colaboran en MCCI realicen sus actividades con apego a los principios de integridad, transparencia, responsabilidad y respeto.
Las personas que integran Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI) se sujetarán a las disposiciones de este código, incluidos directivos, empleados, colaboradores, prestadores de servicio social o prácticas profesionales, voluntarios, representantes y proveedores.
Este Código será revisado cada año por el Comité de Ética, que podrá recibir propuestas de cambios por parte de cualquier integrante de MCCI y, en su caso, los aprobará. El Comité divulgará las modificaciones realizadas.
1. Las relaciones entre integrantes
Las diferencias de opinión son escuchadas y valoradas, respetando la discrepancia entre puntos de vista.
Queda absolutamente prohibido que la organización y sus integrantes discriminen por razones de origen étnico, de nacionalidad, color de piel, cultura, sexo, género, edad, discapacidades, condición social, económica, de salud o jurídica; religión, apariencia física, características genéticas, situación migratoria, embarazo, lengua, preferencias sexuales, identidad o filiación política, estado civil, situación familiar, o responsabilidades familiares.
Será rechazada y sancionada cualquier conducta de hostigamiento, acoso sexual o laboral, así como cualquier tipo de violencia o conducta que atente contra la dignidad y los derechos humanos.
MCCI contará con un protocolo en el que serán establecidas medidas específicas para:
2. Recursos de la organización
El uso de los recursos de la organización será responsable, razonable y eficaz. Sus integrantes se abstendrán de incurrir en gastos de representación u operación innecesarios, superfluos o excesivos, contando siempre con autorizacion de un superior responsable.
El uso inadecuado o ilegal de los activos de la organización serán sancionados y, si es el caso, denunciados ante las autoridades correspondientes. Los registros contables de MCCI, así como todas las donaciones que reciba la organización estarán apegados a todas las exigencias establecidas en la legislación.
3. Información de la organización
Los integrantes de MCCI reconocen que los derechos de propiedad intelectual sobre los trabajos que se desarrollen en el curso de las actividades de la asociación corresponden total y exclusivamente a MCCI.
Los integrantes de MCCI protegerán la información a la que tienen acceso, de conformidad con la Política de Seguridad Digital de la organización.
4. Trabajo de la organización
Las investigaciones, estudios y el trabajo de la organización es llevado a cabo con plena responsabilidad, profesionalismo, imparcialidad y sin agenda partidista. Queda prohibido usar recursos de MCCI para expresar apoyo a una candidatura o partido político.
La organización está apegada al marco legal que garantiza el derecho de réplica de cualquiera de las personas involucradas, físicas o morales. Las investigaciones buscarán siempre contar con las versiones de todas las partes involucradas. Si alguna de las partes se niega a dar su versión o si es imposible contactarlos, MCCI informará cómo y cuándo fueron contactados o, en su caso, las circunstancias que impidieron su declaración.
MCCI ni ninguno de sus integrantes comprará información para sus investigaciones.
5. Recepción o entrega de regalos e invitaciones
Todo integrante de MCCI tiene prohibido recibir regalos, dinero, cortesías o beneficios económicos con motivo de sus funciones en la organización. Asimismo, las personas integrantes no podrán entregar regalos, cortesías o gastos de entretenimiento a terceros, a nombre de la organización.
6. Hospitalidad y viáticos
Los gastos autorizados por concepto de representación, hospitalidad o viáticos deberán ser proporcionales a la actividad realizada y justificados en el cumplimiento de la misión de la organización. Estos gastos deberán quedar asentados en el registro que establezca el departamento administrativo de la organización.
Las personas integrantes de MCCI deben reportar cualquier ofrecimiento externo de hospitalidad o viáticos al Oficial de Cumplimiento, por parte de personas ajenas a la organización en el desempeño de sus actividades como colaboradores.
7. Relaciones con donantes
La identidad de los donantes de MCCI no será divulgada sin su previa autorización para garantizar su seguridad e integridad, respetando en todo momento la legislación aplicable. Los integrantes de MCCI que tengan acceso a esta información no la podrán divulgar ni al interior ni al exterior y deberá ser tratada como información confidencial. Esta información será entregada a las autoridades pertinentes cuando así lo determine la ley o una resolución judicial.
8. Relaciones con proveedores
La organización cuidará que sus proveedores conozcan y respeten la visión, la misión, los valores y el Código de Conducta de MCCI. Fomentará la adhesión de proveedores o contratistas a este Código e incluirá cláusulas anticorrupción en sus contratos.
Si algún posible proveedor es amigo cercano o familiar de algún integrante de MCCI, este último deberá hacerlo del conocimiento del Oficial de Cumplimiento y abstenerse de participar en el proceso de contratación.
MCCI rechaza y prohíbe la recepción, por parte de sus integrantes o de sus familiares, de regalos o cualquier otro beneficio otorgado por algún proveedor.
9. Contrataciones
Los integrantes de MCCI son contratados con base en sus capacidades, formación, experiencia, actitud proactiva y compatibilidad con el perfil de puesto del que se trate. Las contrataciones deberán seguir principios mínimos de transparencia y competencia.
No hay restricciones para la contratación de personas que guardan relación de parentesco con integrantes, voluntarios o donantes de MCCI, siempre que su contratación sea hecha con base en los supuestos señalados en el párrafo anterior.
10. Conflicto de intereses
Existe un conflicto de intereses potencial cuando los intereses de una persona, los de su familia o terceros relacionados puedan afectar su toma de decisiones o comprometan su actuación eficiente y objetiva en el desempeño de sus funciones en MCCI.
Durante el desarrollo de las actividades de los integrantes de MCCI deberá prevalecer en todo momento los intereses de la organización sobre sus intereses personales, económicos, políticos o reputacionales.
Ante un conflicto de intereses potencial, la persona integrante deberá excusarse de participar en el proceso.
11. Apego a la Ley
MCCI y sus integrantes expresan su compromiso con la constitucionalidad, la legalidad y su absoluto respeto a las leyes nacionales que sean aplicables, así como a los tratados internacionales de los que México sea parte.
12. Cero tolerancia a la corrupción
MCCI entiende la corrupción como el abuso de cualquier posición relativa de poder, pública o privada, con el fin de generar un beneficio privado indebido, a costa del bienestar colectivo o individual.
Ofrecer, prometer o realizar, de manera directa o indirecta, un pago o intercambio de bienes, favores o información a cualquier persona o autoridad con la finalidad de obtener alguna ventaja o beneficio indebido en favor de la organización, la persona colaboradora, sus superiores jerárquicos, sus familiares o amigos, será considerado como una violación al presente Código.
13. Comité de Ética
El Comité de Ética es la última instancia en la organización para sancionar violaciones al presente Código de Conducta, así como el órgano responsable de revisar y autorizar el Programa de capacitación en materia de Integridad. El comité puede recibir también denuncias de incumplimiento a este Código, incluyendo las que cometa el Oficial de Cumplimiento.
14. Oficial de Cumplimento
Una persona integrante de MCCI será elegida como Oficial de Cumplimiento de la organización por el voto directo de las personas que colaboran en la organización. El Oficial de Cumplimiento es responsable de atender cualquier duda sobre el programa de ética y su cumplimiento, recibir denuncias, supervisar y monitorear la correcta aplicación de este Código de Conducta, implementar el Programa de Integridad y verificar que todas las personas integrantes de MCCI estén capacitados sobre su contenido.
15. Denuncia
El cumplimiento de este Código de Conducta representa el compromiso de MCCI con la sociedad. Es responsabilidad de cada integrante de MCCI recurrir al sistema de denuncia de la organización ante cualquier violación a este Código.
MCCI pone a disposición una plataforma digital, administrada por un ente externo, https://integridadenmcci.ethicsglobal.com/. También es posible presentar dudas o denuncias en el correo electrónico [email protected].
La confidencialidad de la persona que denuncie está garantizada. Si así lo desea, la denuncia podrá ser anónima. Quedan expresamente prohibidas las represalias contra quien presente una denuncia. Asimismo, cualquier persona denunciada tendrá derecho a ser escuchada y a conocer a los detalles de la denuncia.
16. Cumplimiento del Código
Cualquier incumplimiento a este Código tendrá consecuencias dependiendo de la gravedad de la falta y la reincidencia del integrante de MCCI. Cualquier sanción es emitida como una recomendación a la Presidencia. Estas pueden ser:
Si la falta llega a incurrir en afectaciones con repercusiones legales, MCCI ofrecerá el apoyo necesario para iniciar acciones legales y acompañará al denunciante durante todo el proceso.
17. Disposiciones especiales
Todo aquello no contemplado por el presente Código de Conducta será resuelto por el Comité de Ética.
Las personas integrantes de MCCI podrán consultar al Oficial de Cumplimiento con respecto a cualquier duda sobre su actuación ética.
1. ¿Para qué un protocolo?
2. Definiciones
Acciones Sexuales No Recíprocas: Son aquellas conductas verbales y físicas que contienen aspectos relacionados con la sexualidad, las cuales son recibidas por alguien sin ser bienvenidas. Además, todas estas acciones son repetitivas, vistas como premeditadas y aunque persiguen un intercambio sexual, no necesariamente lo alcanzan.
Código de Ética: Disponible en la página de MCCI o en https://contralacorrupcion.mx/quienes-somos/codigo-de-etica/
Coerción Sexual: Se refiere a la intención de causar alguna forma de perjuicio o proporcionar algún beneficio a alguien si rechaza o acepta las acciones sexuales propuestas, lo que manifiesta una clara relación asimétrica, identificándose con mayor precisión en espacios laborales y educativos.
Comité de Integridad: Es la última instancia dentro de MCCI para proponer sanciones violaciones al Código de Ética, así como el órgano responsable de revisar y autorizar el Programa de Integridad. Está conformado por un integrante de cada una de las cuatro áreas y otro del departamento administrativo.
Confidencialidad: Principio bajo el cual se garantiza el resguardo de la información que con motivo de la denuncia se recabe y genere, incluyendo la identidad de las partes y de terceros involucrados. El anonimate se guardará hasta que el proceso leal/adminsitrativo así lo requiera.
Denuncias anónimas: Se guardará registro de toda denuncia anónima pero no se iniciarán investigaciones ni procedimientos sancionatorios hasta no contar con una ratificación de la denuncia por parte de la víctima.
Empoderamiento: Serie de acciones encaminadas a que una persona adquiera, a través de un incremento en el acceso a los recursos (jueces, psicólogos, médicos, expedientes, restituciones), un control sobre su vida y sobre las decisiones que toma, en pro de su bienestar físico y mental, que a la vez redundará en beneficio de los que la rodean y de la comunidad en general.
Excepciones: Manifestaciones y denuncias de comportamiento de corte sexual o sentimental que no encuadren en los supuestos o definiciones contenidos en este protocolo, pueden enviarse por medio de un escrito libre dirigido a [email protected], enunciando hechos específicos y adjuntando, en su caso, las pruebas que de ello existan.
Oficial de cumplimiento: Persona designada para recibir denuncias, supervisar y monitorear la correcta aplicación tanto del Código de Ética como del Protocolo de Acoso Sexual; asimismo, está obligada a verificar que todos los integrantes de la organización estén capacitados sobre el contenido y el del Programa de Integridad. Es elegido (a) mediante voto secreto por un periodo de dos años.
Marco legal: Leyes y ordenamientos aplicables a la jurisdicción en el que ocurran los hechos.
Ratificación de la denuncia: Presentación del llenado del formato de ratificación de la denuncia en caso de haber sido presentada con carácter de anónimo en un primer momento. No requiere ratificación una denuncia presentada personalmente ante el oficial de cumplimiento.
Sentimientos de desagrado: Son los sentimientos de malestar que experiencias de hostigamiento pueden producir como humillación, insatisfacción personal, molestia o depresión y que son consecuencia de las acciones sexuales no recíprocas.
Tipos de acoso
Nivel | Tipo | Descripción |
---|---|---|
1 | No verbal y no contacto físico | Acercamientos no consensuados que generen un sentimiento de desagrado. Comunicaciones privadas con contenido sexual no solicitadas |
2 | Verbal sin contacto físico | Conversaciones de contenido sexual no solicitadas, insinuaciones sexuales a integrantes de la organización, pedir abiertamente relaciones sexuales sin presiones específicas, hostigamiento frecuente por diversos medios de comunicación con contenido personal que provoquen una sensación de desagrado |
3 | Contacto físico | Contacto físico no consensuado: abrazo, besos, tocamientos, pellizcos, entre otros; así como acorralamiento físico, presiones para obtener sexo a beneficios o amenazas, realizar actos sexuales bajo presión de despido y asalto sexual |
3. Consecuencias del acoso y hostigamiento sexual
Este protocolo reconoce que las consecuencias para la víctima pueden manifestarse de diversas formas y temporalidades. Algunas de éstas son:
4. Principios de atención
Como parte de sus responsabilidades, el Comité de Prevención deberá proporcionar los recursos necesarios para que la víctima pierda el sentimiento de responsabilidad tales como apoyo psicológico y un espacio seguro donde la víctima pueda expresarse.
5. Mecanismo de denuncia
En cualquiera de los casos, para poder iniciar una investigación formal, es necesaria la ratificación de la denuncia por parte de la víctima.
Es labor del oficial de cumplimiento:
Es obligación de la organización garantizar apego a los principios de atención establecidos en este protocolo y a las leyes y ordenamientos legales aplicables.
6. Integración y funciones del Comité de Prevención
El Oficial de Cumplimiento realizará una convocatoria abierta para todas las personas que integran MCCI para inscribirse en la Lista de Personas Interesadas. Ante una denuncia de acoso u hostigamiento sexual, el Oficial de Cumplimiento seleccionará a tres personas inscritas en esta lista, dos mujeres y un hombre, para conformar el Comité de Prevención para atender ese caso en concreto.
En cualquier momento, los integrantes de la organización pueden ser inscritos o retirados de la Lista de Personas Interesadas al notificar al Oficial de Cumplimiento, quien tendrá la responsabilidad de resguardar la lista.
Las jerarquías de la organización no tienen peso relativo dentro del comité. El voto y la participación de cada representante tiene el mismo valor para efectos de este protocolo.
Las personas que integran el comité deben firmar una carta compromiso asegurando confidencialidad y respeto. El oficial de cumplimiento no forma parte del comité pero preside las sesiones en calidad de secretario técnico. El oficial de cumplimiento debe tomar al menos un curso especializado de hostigamiento y acoso sexual laboral durante su gestión para poder atender adecuadamente las denuncias y darles el debido proceso. El oficial de cumplimiento funge como procurador social, presentando las pruebas para deliberación del comité.
Si cualquier integrante de la organización desea realizar una denuncia de hostigamiento o acoso sexual en contra del Oficial de Cumplimiento, podrá acudir a cualquiera de las personas inscritas en la Lista de Personas Interesadas, la cual tendrá la facultad —únicamente en esta ocasión— de conformar un Comité de Prevención que analice la acusación. Mientras dure la investigación, el Oficial de Cumplimiento será temporalmente separado de su cargo; el Comité de Integridad designará un Oficial de Cumplimiento interino. En caso de ser encontrado inocente, será restituido para concluir su periodo; en caso contrario, el Comité de Integridad convocará a la elección de un nuevo Oficial de Cumplimiento.
7. Funciones del Comité de prevención
Son funciones del Comité de Prevención:
Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad A.C (MCCI) está comprometido con un entorno de trabajo libre de tráfico de personas, en cualquier modalidad, así como de cualquier forma de esclavitud, incluyendo el trabajo forzado y el trabajo ilegal de menores de edad, de acuerdo a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes aplicables, observando los acuerdos internacionales en los que México haya firmado.
Esta política se corresponde con el Código de Ética y con nuestros valores principales de proteger y hacer prevalecer la dignidad y los derechos humanos.
Alcance
Esta política es aplicable a todo el personal empleado por MCCI o implicado en las actividades de la Organización, incluidos, entre otros, empleados permanentes, empleados temporales, consultores, personal ocasional y proveedores, así como prestadores de servicio social o prácticas profesionales y voluntarios. Para efectos de la política todos ellos se denominarán como “integrantes” de MCCI.
Cada integrante de MCCI tiene la responsabilidad de leer, entender y cumplir esta política.
Declaración de la política.
MCCI prohíbe el tráfico de personas y la esclavitud. Los integrantes de MCCI, y aquellos a través de los que MCCI lleva a cabo sus actividades, deben evitar implicarse en cualquier práctica que suponga el tráfico de personas o la esclavitud. Esto incluye, en forma enunciativa, las siguientes actividades:
Los integrantes de MCCI deben evitar su complicidad con cualquier práctica que suponga el tráfico de personas o la esclavitud.
Cumplimiento