El día de ayer, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una contradicción de tesis (253/2020) en donde reconoció el interés de los denunciantes de actos de corrupción administrativa para acudir al juicio de amparo en contra de irregularidades cometidas por la Secretaría de la Función Pública en investigación. El precedente deriva de un litigio estratégico impulsado por Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI) desde hace 2 años y medio.
Lo resuelto por la Corte es un precedente histórico que deja atrás la vieja concepción de que el propio Gobierno tiene el monopolio del combate a la corrupción. Pues, antes, a pesar de presentarse denuncias en contra de servidores públicos por ciudadanos, la decisión dependía exclusivamente de la propia Secretaría de la Función pública, subordinada al propio Titular del Poder Ejecutivo. Si el ciudadano que denunciaba corrupción detectaba irregularidades en las investigaciones y acudía al amparo, la puerta en el Poder Judicial de la Federación se le cerraba por una jurisprudencia del año 2006 que indicaba que el denunciante no tiene interés jurídico en que se sancione a servidores públicos por actos de corrupción.
Lo que ahora determinó la Segunda Sala de la Suprema Corte es que la nueva Ley General de Responsabilidades Administrativas le otorga un papel activo al ciudadano denunciante de actos de corrupción y, por lo tanto, en caso de detectar irregularidades en las indagatorias, puede demandar por la vía de amparo a las autoridades investigadoras que no hagan bien su trabajo o se encuentren coludidas.
Este nuevo precedente representa un parteaguas para el combate a la corrupción administrativa desde la ciudadanía y potencialmente disminuye la probabilidad de que los casos que se detecten queden impunes. En MCCI seguiremos apostando siempre por la independencia judicial y la división de poderes. El combate a la corrupción nos compete a todos y a todas.
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Gerardo Carrasco MCCI
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