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Impunidad, racismo y el asesinato de Giovanni López

La muerte de Giovanni fue resultado de 2 problemas que hemos sido incapaces de combatir: una impunidad estructural que acoge a la violencia y el racismo que discrimina a quién es diferente.

Fotografía: Fernando Carranza / Cuartoscuro

Giovanni López era un joven de 30 años que murió tras ser detenido y golpeado por agentes de la policía municipal de Ixtlahuacán de los Membrillos en Jalisco (Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, 2020). La reacción que generó en la opinión pública es completamente comprensible al entender que su muerte fue el resultado de dos problemas estructurales que nos aquejan sistemáticamente y que hemos sido incapaces de combatir como sociedad y Estado. En primer lugar, encontramos una impunidad endémica y estructural que acoge a la violencia, incluyendo aquella que es ejercida por los agentes estatales. En segundo lugar, tenemos al racismo como estructura opresiva que, al conjugarse con la impunidad, resultan en una nocividad reforzada para las personas racializadas. 

Algunas personas sostienen que éste es un caso aislado de brutalidad policiaca en México, con lo que se evade su concepción como parte de un problema estructural mucho más grande. Además hay quienes piensan que el racismo que sufrimos en nuestro país no tiene la misma gravedad que el que existe en Estados Unidos. Sin embargo, ambos argumentos resultan simplistas. No dan cuenta de la realidad mexicana en la que las ejecuciones extrajudiciales, la brutalidad policiaca, el racismo, y su intrínseca conexión con el clasismo, son todas causas de la muerte de Giovanni y de los miles de mexicanos que como él pierden la vida a manos de un Estado que ampara estas estructuras. El asesinato de Giovanni no fue un caso aislado: por esa razón miles de mexicanos salieron a manifestarse y a exigir justicia.  La ciudadanía está harta de saber que abusos como éste ocurren de manera cotidiana, al grado en el que genuinamente se ha vuelto un problema estructural y sistémico.

La Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco estableció que la muerte de Giovanni fue una ejecución extrajudicial (Torres, 2020). El término implica una privación arbitraria o deliberada de la vida por parte de agentes del Estado a un ser humano en circunstancias que no corresponden al uso legítimo de la fuerza (Mac-Gregor). Este tipo de ejecuciones ya habían sido señaladas como un problema grave en México por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos desde 2015 (Redacción, 2015). La gravedad estructural de las ejecuciones extrajudiciales en el país tiene a la impunidad como uno de sus factores principales; ésta perpetúa la violencia, incluyendo la perpetrada por agentes estatales (Oropeza, 2015).  Cuando los ejecutores de la violencia no enfrentan las consecuencias de sus actos se genera la percepción de que dichas conductas son toleradas, lo cual favorece su repetición, menoscaba la confianza de la ciudadanía en la autoridad, y genera una espiral de impunidad. Este ciclo vicioso ocasiona que los ciudadanos no denuncien, fortaleciendo la impunidad y exacerbando el clima de violencia (Comisión Interamericana de Derechos Humanos, 2015)

La impunidad estructural se alimenta, a su vez, de múltiples factores. Para empezar, la atención a las víctimas y a los familiares es inadecuada e insuficiente. Adicionalmente, las autoridades pueden llegar a ejercer violencia contra los familiares de víctimas y miembros de la sociedad civil que denuncian y reclaman verdad y justicia (Oropeza, 2015). Por otro lado, las oficinas responsables de realizar las investigaciones carecen de la capacidad –y a veces también de la voluntad– para recabar evidencia de manera seria y oportuna. De este modo, la falta de debida diligencia ante actos de violencia genera impunidad, y ésta, a su vez, provoca nuevos incidentes de la misma violencia que debía ser eliminada (Comisión Interamericana de Derechos Humanos, 2015). 

La impunidad permea diversas instituciones, desde las policías hasta las procuradurías y las demás instituciones involucradas en la impartición de justicia (Comisión Interamericana de Derechos Humanos, 2015). Por tanto, requerimos un combate a la impunidad en todos los niveles de gobierno para poder combatir la violencia que nos aqueja, incluyendo los casos de ejecuciones extrajudiciales y brutalidad policiaca.

Por otro lado, las diversas manifestaciones suscitadas tras el asesinato de Giovanni también señalaron al racismo como uno de los factores que influyeron. ¿Cómo pudo este problema traducirse en la muerte de un hombre? Para contestar a esta pregunta resulta importante entender cómo funciona el racismo en México. Para empezar, la discriminación es detonada por distintas características que a veces se mezclan o intercambian. De este modo, las personas utilizan, de forma sistemática y generalizada, principios cognitivos de categorización social basados en criterios raciales para identificar y discriminar. 

Sin embargo, la discriminación étnico-racial no se da simplemente por el tono de piel, sino que es una mezcla de detonantes étnicos (ej. lengua y vestimenta indígena), raciales (ej. tono de piel y rasgos faciales) y socioeconómicos. Dichos rasgos pueden incluso resultar intercambiables, y muchas veces se entrecruzan (Solis, Krozer, Arroyo, y Güemez, 2019). En estos esquemas cognitivos se asocia “lo moreno” con “lo pobre” o “lo indígena”; tales características incluso llegan a asociarse con “lo malo” o “lo feo”. Esta asociación se realiza, muchas veces, de manera inconsciente; sin embargo, dichas asociaciones, al ser recurrentes en los individuos que conforman la sociedad, implican la reproducción de una estructura de opresión hacia las personas racializadas que se manifiesta en diversos ámbitos. 

Así, el racismo y la discriminación permean en el ámbito de los servicios públicos, tales como la atención a la salud, la seguridad pública y el acceso a la justicia. En este sentido, las asociaciones cognitivas realizadas por las autoridades también tienen efectos tangibles pues las personas racializadas suelen ser objeto de prejuicios y tratos arbitrarios al recibir servicios públicos, lo cual implica una vulneración de sus derechos. 

Múltiples testimonios señalan que las personas racializadas usualmente sufren despotismo, humillación y menosprecio por parte de las autoridades (Solis, Krozer, Arroyo, y Güemez, 2019). Adicionalmente, las personas racializadas suelen ser criminalizadas en mayor medida que las personas con tonos de piel más claros, sin rasgos étnicos o con un nivel socioeconómico aparentemente más alto y están sujetas a acciones más arbitrarias por parte de las autoridades (Solis, Krozer, Arroyo, y Güemez, 2019). 

En el caso aludido, Giovanni era un hombre moreno, albañil de oficio, quien habitaba en un municipio en el que la mitad de la población se encuentra en situación de pobreza y con deficiencias en servicios básicos (Marcial, 2020). Las autoridades lo detuvieron arbitrariamente y ejercieron una violencia que incluso denotó cierta saña en su actuar. ¿Habría ejercido la policía la misma brutalidad sobre una persona blanca, de nivel socioeconómico alto, caminando por una zona como Polanco? Aun suponiendo que la respuesta fuera “sí”, ¿ocurre este tipo de casos con la misma frecuencia que casos como el de Giovanni? 

Si bien los policías que golpearon a Giovanni hasta matarlo son los responsables directos de su asesinato, en realidad son la personificación de estructuras opresivas que causan la restricción sistemática de los derechos de varios grupos de la sociedad, entre ellos las personas racializadas. La impunidad tiene efectos dañinos para la sociedad en general, pero al entrelazarse con el racismo tiene un efecto doblemente nocivo, y puede tener consecuencias mortales. Nuestra policía y nuestro racismo se encuentran cobijados por un Estado que garantiza impunidad ante la comisión de injusticias cotidianas. Necesitamos desenmascarar y desmantelar estas estructuras para comprometernos realmente con la garantía del derecho a la igualdad de todas las personas en nuestro país. 

Bibliografía

Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco. (2020). Informe especial sobre el caso de Alejandro Giovanni López Ramírez en Ixtlahuacán de los Membrillos. Guadalajara.

Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (2015). Situación de derechos humanos en México. Informe de país: México.

Henderson, H. (s.f.). La ejecución extrajudicial o el homicidio en las legislaciones de América Latina. Revista IIDH, 43, 281-298.

Mac-Gregor, E. F. (s.f.). Las siete principales líneas jurisprudenciales de la Corte Interamericana de Derechos Humanos aplicable a la justicia penal. Revista IIDH, 59.

Marcial, D. (7 de junio de 2020). La muerte de Giovanni evidencia los abusos sistemáticos de la policía en México . Obtenido de El País: https://elpais.com/internacional/2020-06-07/la-muerte-de-giovanni-evidencia-los-abusos-sistematicos-de-la-policia-en-mexico.html

Oropeza, J. (9 de noviembre de 2015). Ejecuciones extrajudiciales: Práctica recurrente en México. Obtenido de Fundar: https://fundar.org.mx/ejecuciones-extrajudiciales-practica-recurrente-en-mexico/ 

Redacción. (2 de octubre de 2015). Grave crisis de derechos humanos en México: CIDH. Obtenido de El Financiero: https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/grave-crisis-de-derechos-humanos-en-mexico-cidh

Solis, P., Krozer, A., Arroyo, C., & Güemez, B. (19 de agosto de 2019). Discriminación étnico-racial en México: una taxonomía de las prácticas.

Torres, R. (14 de junio de 2020). El Universal. Obtenido de Caso de Giovanni López, uno de tantos de brutalidad policiaca: https://www.eluniversal.com.mx/estados/caso-de-giovanni-lopez-uno-de-tantos-de-brutalidad-policiaca

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