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Dos gobernadores y medio: el conflicto político y jurídico del novelón regio

En Nuevo León, el conflicto entre el gobernador Samuel García y el congreso estatal llevó al estado a tres días de incertidumbre legal. Este texto pretende explicar qué fue lo que pasó.

La última semana de noviembre fuimos testigos de un complejo escenario constitucional en Nuevo León, en el que dos gobernadores y medio protagonizaron múltiples procesos judiciales, lo que impuso en el estado una maraña de desinformación que hizo difícil discernir la realidad. Por eso es importante entender los antecedentes y los sucesos que llevaron a esta situación crítica de ingobernabilidad, así como el detalle legal de todo lo que llevó al límite del colapso político a la entidad. La crisis política lleva poco más de un año. Hemos visto el conflicto constante entre el Gobierno del Estado, bajo el control de Movimiento Ciudadano, y el Congreso del Estado, que tiene una mayoría de diputados del PRI y del PAN.

El respeto por las instituciones y normas constitucionales no son solamente un tema de cumplimiento de estándares jurídicos, sino una necesidad para mantener la estabilidad y gobernabilidad en cualquier sociedad democrática.

La última semana de noviembre fuimos testigos de un complejo escenario constitucional en Nuevo León, en el que dos gobernadores y medio protagonizaron múltiples procesos judiciales, lo que impuso en el estado una maraña de desinformación que hizo difícil discernir la realidad. Por eso es importante entender los antecedentes y los sucesos que llevaron a esta situación crítica de ingobernabilidad, así como el detalle legal de todo lo que llevó al límite del colapso político a la entidad.

La crisis política lleva poco más de un año. Hemos visto el conflicto constante entre el Gobierno del Estado, bajo el control de Movimiento Ciudadano, y el Congreso del Estado, que tiene una mayoría de diputados del PRI y del PAN.

La solicitud de licencia

Desde hace un par de meses, a medida que se acercaban las elecciones de 2024, Samuel García, gobernador electo de Nuevo León, expresó su intención de competir en los procesos internos de su partido para ser candidato presidencial. En tanto, diputados y alcaldes de oposición habían acusado de violencia política al gobierno estatal. El 14 de septiembre en un evento en el cual se hicieron acusaciones públicas en la materia, Marko Cortés y Alito Moreno, dirigentes nacionales del PAN y del PRI, adelantaron que en caso de que el Gobernador pidiera licencia, no le sería concedida por parte del Congreso del Estado

Samuel recurrió entonces al Tribunal Electoral del Poder Judicial, argumentando que el Congreso se negaba a otorgarle la licencia con el fin de buscar un nuevo cargo de elección popular. El 18 de octubre el TEPJF declaró que dicha petición era improcedente, porque aún no había solicitado formalmente su licencia al Congreso Estatal. Incluso las declaraciones de la negativa no habían sido hechas por los Diputados del Estado; y, al no existir una solicitud formal, no había una situación jurídica para analizar.

El 23 de octubre el gobernador Samuel García presentó un escrito en la Oficialía de Partes del H. Congreso del Estado de Nuevo León para solicitar que se le diera licencia con el fin de poder competir para la Presidencia de México.

Escrito de solicitud de licencia del gobernador Samuel García

El escrito de la solicitud menciona tres cosas importantes. Primero, refiere que la solicitud de licencia la hace por un periodo de 6 meses antes de la fecha de la elección; es decir, iniciaría el 2 de diciembre de 2023. Segundo, informa que el encargado de despacho sería el Secretario General de Gobierno, Javier Navarro. Tercero, justifica esta decisión en términos del artículo 121 de la Constitución Estatal.

Aquí es dónde empiezan los problemas. Por un lado, el artículo 121 faculta al Gobernador para nombrar un encargado de despacho; sin embargo, esta facultad solamente la tiene en ausencia de 30 días naturales o menos. En caso de ausencias más largas, aplica lo establecido por el artículo 122, que dice que si la licencia dura más de 30 días naturales, entonces el Congreso del Estado puede nombrar un Gobernador Interino.

Esto genera incertidumbre en tanto que se habla de documentos formales, ya que los hechos y las normas deben coincidir. El 24 de octubre, un día después de haber recibido la solicitud del gobernador, la Comisión de Gobernación del Congreso local solicitó a Samuel García aclarar la fecha en la que iniciaría y concluiría su licencia. El gobernador solicitaba 6 meses, pero su escrito se justificaba en el artículo que otorga 30 días de licencia. La Comisión de Gobernación le otorgó a Samuel un periodo de 24 horas a partir de la notificación para brindar su declaración.

Ante esta situación, el 25 de octubre Samuel optó por ir ante el INE y presentar con carácter de “urgente” una solicitud de consulta sobre la incertidumbre relacionada con su derecho a votar y ser votado. En este escrito argumentó que el Congreso del Estado se negó a sesionar su solicitud de licencia. Cabe destacar que, en ese momento el Congreso del Estado no se había negado a sesionar la petición, sino que había solicitado una aclaración.

Ante la falta de aclaración del gobernador, el mismo 25 de octubre el Pleno del Congreso del Estado sesionó para atender la petición y resolvieron dos puntos claves. Por un lado, aceptaron la licencia solicitada por un plazo de 6 meses contados a partir del 2 de diciembre. Por otro lado, nombraron como gobernador interino a Arturo Salinas.

El nombramiento de Arturo Salinas

Ante este nombramiento, el acuerdo mediante el cual se otorgaba la licencia a Samuel no fue publicado por el Poder Ejecutivo en el Periódico Oficial del Estado derivado del desacuerdo de este poder sobre el nombramiento de Arturo Salinas.

Mientras esto sucedía, Navarro ya adelantaba que estaba dispuesto a hacer uso de la Fuerza Civil para defender su función de encargado de despacho. Hecho que a los pocos días, mediante una suspensión otorgada a su favor por un Juez de Reynosa, volvió a mencionar como parte de las medidas cautelares. Esto fue confirmado por Gerardo Palacio Pámanes, Secretario de Seguridad de Nuevo León, quien confirmó recibir la orden de proteger los derechos de Navarro mediante mandato judicial.

El problema con el nombramiento de Salinas fue que, en lugar de renunciar a su puesto como Magistrado Presidente del Poder Judicial de Nuevo León y del Consejo de la Judicatura para el Estado, solicitó una licencia a fin de cubrir el cargo. Esto quiere decir que técnicamente Salinas seguía siendo Magistrado del Poder Judicial del Estado, por lo cual era inelegible para ser gobernador. Bajo el principio de división de poderes, una persona no puede ejercer funciones en dos poderes. Por eso Samuel García inició un juicio ante el TEPJF.

La determinación del Tribunal Electoral

La sentencia emitida por el TEPJF el 15 de noviembre resolvió dos puntos claves. Por un lado, revocó la designación de Salinas como gobernador interino por su inelegibilidad. Por otro lado, ordenó al Congreso del Estado hacer el nombramiento de un nuevo gobernador interino, procurando: i) generar condiciones de estabilidad, y ii) logrando los consensos necesarios al interior del Congreso.

Extracto de la sentencia del expediente SUP-JDC-536/2023

En redes y notas empezó a circular que el Gobierno del Estado interpretó que esta sentencia implicaba que el Congreso del Estado tenía que nombrar a un interino en condiciones de unanimidad y que la designación del interino tenía que ser de una persona del partido Movimiento Ciudadano.

En medio de este conflicto jurídico, Samuel se ausentó de su responsabilidad como gobernador para competir en las precampañas por la presidencia de Movimiento Ciudadano. Cabe destacar que el gobernador no necesita permiso del Congreso del Estado para ausentarse cuando dichas ausencias sean menores de 15 días, por lo que el 28 de noviembre Samuel regresó a ejercer funciones como gobernador. Fue ahí cuando el conflicto subió de tono. 
Mediante un video, Samuel anunció su regreso a ejercer como gobernador del Estado. Adelantó que publicaría un acuerdo mediante el cual volvería a retirarse de funciones a partir del 01 de diciembre a las 11:00 am, y que dejaría como Encargado de Despacho nuevamente a Navarro. Con ello se inició una cuenta regresiva y una carrera contra el reloj.

La suspensión que obtuvo Samuel García en la CDMX

La mañana del miércoles 29 de noviembre, Samuel García adelantó en sus historias de Instagram que había obtenido una suspensión a favor de Navarro. Dicha suspensión interpretaba la sentencia del TEPJF en el mismo sentido que él había establecido. Es decir, que la designación del gobernador interino se tenía que hacer por unanimidad y que tendría que ser alguien de la plataforma y equipo del Gobierno en turno, es decir de Movimiento Ciudadano. Como medida cautelar, se estableció que Navarro permaneciera en funciones como encargado de despacho hasta el 2 de junio de 2024, fecha en la cual Samuel retomaría sus funciones como gobernador o hasta que se designara un gobernador interino de Movimiento Ciudadano por unanimidad por parte del Congreso.

A pocas horas de esta noticia, empezó a circular en redes que dicha suspensión fue otorgada por el Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Trabajo de la Ciudad de México. Esto llevó a cuestionamientos respecto a la competencia del Juzgado para dictar dicha medida cautelar mediante una suspensión.

El problema de esta resolución fue que Hector Mateos, el abogado de Navarro, intentó notificar la suspensión al Congreso del Estado. Sin embargo, esta no es una notificación formal, ya que, al tratarse de un juzgado de otra entidad, es necesario llevar a cabo una notificación vía un exhorto. Esto con el fin de asegurar la certidumbre y validez del proceso de notificación en casos donde intervienen jurisdicciones de distintas localidades.

Las implicaciones de este problema son varias. 

Por un lado, las suspensiones en materia de amparo comienzan a surtir efecto desde el momento en que son otorgadas. Por otro, las autoridades no incurren en responsabilidad hasta que reciben formalmente la notificación. Esto implica que los actos ejecutados después de la suspensión, pero antes de la notificación, sí pueden considerarse inválidos, pero no implican responsabilidad administrativa. Se reconoce que la única manera de que la autoridad esté informada de una situación jurídica, tal como una suspensión, es a través de una notificación formal.

Por este motivo, el 29 de noviembre el Congreso del Estado buscó designar a un gobernador interino, ajustándose a los parámetros establecidos en las sentencias previas. En otras palabras, interpretaron el mandato de designación establecido en la sentencia del TEPJF en términos de consenso y estabilidad, en lugar de interpretarlo como unanimidad y afiliación política.
Durante la sesión del Pleno del Congreso del Estado, individuos ingresaron con el propósito de obstruir el proceso de selección del Gobernador Interino. Estos individuos rompieron las puertas de acceso al vestíbulo del Pleno del Congreso y lanzaron humo para interrumpir la sesión. A pesar de los intentos de negación por parte del Gobernador y su partido, hay fotografías y videos que identifican a algunos participantes como miembros y simpatizantes de Movimiento Ciudadano.

Dos gobernadores

En medio de este clima de violencia y hostilidad, el pleno del Congreso nombró a Luis Enrique Orozco como Gobernador interino, justificando el nombramiento en la resolución emitida por el TEPJF. Hasta ese momento, Orozco se desempeñaba como Vicefiscal del Estado, quien, a diferencia de Salinas, renunció al cargo para poder asumir la función de Gobernador Interino. Recordemos que Nuevo León lleva más de un año sin un Fiscal designado y que Orozco había sido propuesto en julio para ocupar el cargo de Fiscal General del Estado por Samuel García. Cabe destacar que este mismo perfil estuvo a cargo de casos sonados como el feminicidio de Debhani Escobar, en el cual se propuso la teoría de que la víctima se había caído sola en la cisterna donde fue hallada.

El 30 de noviembre, personal del Congreso del Estado intentó notificar al Gobierno Estatal el acuerdo mediante el cual nombraron a Orozco como nuevo Gobernador Interino. El gobierno se negó a recibir dicha notificación.

Durante la mañana del viernes 1o de diciembre, la Primera Sala Unitaria Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado notificó al gobierno de Nuevo León una suspensión provisional. Esta medida impedía que la licencia otorgada a favor de Samuel García estuviera en vigor hasta que no se definiera quién asumiría como Gobernador Interino del Estado. La decisión se tomó a pocas horas del vencimiento del plazo que Samuel tenía para separarse del cargo como gobernador, condición necesaria para cumplir con los requisitos constitucionales y competir por la presidencia. Ante la falta de personal que recibiera la notificación en el Gobierno del Estado, esta fue pegada en la puerta del Palacio de Cantera.

Ese día en la tarde, el Juez Tercero de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México, que había emitido la suspensión a favor de Navarro, resolvió que durante el proceso de designación de Orozco no hubo consenso y que no se respetó la decisión popular representada mediante el voto a favor de Movimiento Ciudadano en el 2021. Por lo tanto, ordenó suspender el nombramiento de Orozco como gobernador interino.

Parecía que Navarro asumiría el cargo de encargado de despacho al iniciar la licencia de Samuel a las 12:01 horas del 2 de diciembre. No obstante, pocos minutos antes de la medianoche, se notificó una suspensión emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en una controversia constitucional. Esta suspensión abordó dos cuestiones fundamentales.

En primer lugar, reconoció como un hecho notorio que el Congreso del Estado había designado a Orozco como gobernador interino. En consecuencia, ordenó que se permitiera realizar una efectiva toma de posesión como gobernador interino para garantizar la gobernabilidad del Estado. Asimismo, instruyó a las diversas autoridades estatales a abstenerse de hacer nombramientos o designaciones sobre la titularidad del Poder Ejecutivo.

Infografía de la SCJN sobre la suspensión sobre el gobernador interino de Nuevo León

Por eso Orozco asumió funciones de gobernador interino durante los primeros minutos del 2 de diciembre, al tiempo que coincidía el inicio  de la licencia otorgada a favor de Samuel García. A las 2:45 am, Samuel publicó en sus redes sociales que había informado a su gabinete que retomaría  legal y formalmente sus funciones como gobernador. Además, anunció la publicación del acuerdo en el Periódico Oficial del Estado. El documento anuncia que García reasume funciones y declara que sus derechos político-electorales se han visto violentados. Al ejercer nuevamente funciones como gobernador el 2 de diciembre, se volvió inelegible para ocupar el cargo de Presidente.

El acuerdo se publicó con  fecha del 1 de diciembre del año 2023 para argumentar que Samuel García nunca utilizó su licencia. Sin embargo, la metadata del portal del Periódico Oficial del Estado (POE) revela que dicho acuerdo fue creado y publicado el día 2 de diciembre.

Aquí es donde surgió el debate sobre quién era el legítimo gobernador del Estado. Formalmente, para volver a asumir funciones y dar por concluida la licencia otorgada, Samuel García debía notificar al Congreso del Estado su voluntad. Es decir, el asumir funciones nuevamente al publicar en el POE podría implicar un vicio de forma. Esto se debe a que, al hacerlo mediante el POE, se genera una afectación a la seguridad jurídica y se da una gran incertidumbre sobre quién ocupa realmente el cargo de gobernador.

Todos los actos jurídicos están vigentes hasta que dejan de serlo, ya sea porque sus efectos han concluido, ha transcurrido el tiempo establecido o un juez los ha invalidado. Por lo tanto, aunque Samuel García anunció que retomó funciones como gobernador, Orozco aún tenía un nombramiento vigente como gobernador interino, respaldado además por una suspensión de la SCJN. En consecuencia, Nuevo León tenía dos gobernadores al mismo tiempo. 

En el transcurso del 2 de diciembre se publicó un segundo acuerdo mediante el cual Samuel García anunció que no haría uso de la licencia otorgada a su favor, con lo que se retiraba  de la contienda electoral por la Presidencia y reasumía  funciones como gobernador. Es relevante destacar que este documento presenta una fecha de firma del día primero de diciembre, a pesar de que la publicación se realizó el día 2 de diciembre.

Publicación en el Periódico Oficial sobre el regreso de Samuel García como gobernador, parte final

Esta serie de publicaciones generó incertidumbre sobre si Samuel u Orozco se encontraban en una situación de usurpación de funciones, en tanto que había dos personas que se decían ser gobernadores. Además, Samuel García podía estar en una situación de desacato ante la suspensión otorgada por la SCJN.

Finalmente, la tarde del lunes 4 de diciembre, Orozco anunció su renuncia como gobernador interino, argumentando que era necesario preservar la gobernabilidad en el Estado. Ante esta situación, el Congreso del Estado tomó una serie de decisiones, incluyendo la aceptación de la renuncia de Orozco como gobernador interino y, posteriormente, reconoció la intención de Samuel de regresar como gobernador del Estado, por lo que hizo efectiva la revocación de la licencia otorgada a su favor, por lo cual a partir de la tarde de este lunes Samuel García reasumió funciones.

La falta de claridad en los procedimientos legales y las acciones contradictorias de los actores involucrados contribuyeron a la confusión y la disputa sobre la validez de las decisiones tomadas, por lo que es importante dejar constancia de las disposiciones legales que fueron invocadas, interpretadas y aplicadas. La renuncia de Luis Enrique Orozco como Gobernador Interino y la posterior intención de Samuel García de regresar al cargo, reconocidos por el Congreso del Estado, marcaron el fin de esta turbulenta situación, aunque dejaron interrogantes sobre el respeto a los procesos legales y la estabilidad institucional en el Estado, así como la validez de los actos realizados entre el 2 de diciembre y el 5 de diciembre. 

Este episodio destaca la importancia de la transparencia, la consistencia legal y el respeto a las normas constitucionales para preservar la confianza en el sistema democrático. El respeto por las instituciones y normas constitucionales no son solamente un tema de cumplimiento de estándares jurídicos, sino una necesidad para mantener la estabilidad y gobernabilidad en cualquier sociedad democrática.

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