Este texto fue publicado en Reforma el 29 de agosto.

“La […] justicia en México es como un coche desvalijado de los años setenta intentando transitar en una autopista moderna del siglo XXI”. Así es como la jurista Ana Laura Magaloni (2009) describe a un sistema descompuesto. Y es que en México, de cada 100 delitos cometidos sólo diez se denuncian, seis derivan una carpeta de investigación pero tan sólo 3 tienen alguna consecuencia jurídica (INEGI, 2019). Es decir, el restante 97% se traduce en impunidad (Frissard, 2019).

La opinión pública parece capturar de manera acertada este fenómeno: la impunidad o falta de castigo se identifica como la principal causa de corrupción en México (39%), de acuerdo con la encuesta MCCI-Reforma. En esta encuesta también destaca que la cifra negra en el área de corrupción se comporta de manera similar al promedio de delitos: de cada 100 actos ocurridos, 29 son denunciados y tan sólo 8 tienen alguna consecuencia. Es decir, la impunidad en actos de corrupción está presente en 92% de los casos. En comparación con la cifra del año pasado (MCCI, 2019), esto representa una reducción en la tasa de impunidad de 7 puntos porcentuales; sin embargo, esta ligera mejora es aún insuficiente.

La impunidad es un problema estructural. A más de un año de haber iniciado su gestión, este gobierno no parece haber encontrado un esbozo de solución que atienda el origen del problema y no sólo busque aumentar los castigos.

Preocupa, pues, que las medidas que este gobierno ha impulsado se guiaran más por la popularidad de imponer mayores sanciones a quien se acuse de corrupción –con la inclusión de dos delitos de corrupción al catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa sin un juicio previo (Fernández, 2019)-, en vez de tomar acciones[1] que resuelvan el origen del problema y no sólo aumenten las sanciones.

Por el contrario, para atender el problema de la impunidad en México es importante abarcar todo el espectro desde la prevención y la denuncia, hasta la investigación, la procuración y la impartición de justicia. Por ejemplo, es urgente la depuración y profesionalización de los policías de proximidad y ministerios públicos (Chapa, 2020), así como una mejora sustantiva en la calidad de las investigaciones que realizan, de forma que mejore la articulación con juezas y magistradas.

Sin embargo, la popularidad de enfoque punitivo por el cual las personas apoyan que se eleven los castigos por corrupción tiene sentido a la luz de que las mexicanas denuncian cada vez más los hechos de corrupción (29% de las veces) pero la impunidad persiste.

En resumen, endurecer los castigos por corrupción es una medida efectiva para activar actitudes autoritarias entre la población (Jennings et al, 2016), pero tiene efectos indeseables como el uso político de acusaciones de corrupción y la criminalización de grupos vulnerables. Es decir, mayores castigos por corrupción puede tener el efecto contrario al deseado: no sólo se incrementa el monto del soborno[2], sino que acaba por ampliarse el margen para la impunidad, pues abre la posibilidad de encarcelar sin juicio previo ni derecho a fianza a personas inocentes, incrementar los costos de la extorsión, castigar a chivos expiatorios o a personas que no tienen los medios para pagar su fianza, y revictimizar a quienes no pueden costearse un juicio justo (Pérez-Correa, 2015).

Las opiniones hacia el guardián

La política de seguridad y de procuración e impartición de justicia en México invariablemente se traduce en ineficacia y corrupción. Por un lado, los servicios de seguridad privada tienen una gran participación en funciones de seguridad pública (Silva Forné et al, 2017).

Por otro lado, las labores de investigación y de acusación ante un juez, aunque esencialmente distintas, son concentradas en la figura del ministerio público (Magaloni, 2009), pero sin la debida articulación con las policías locales que son quienes resguardan en un primer momento las pruebas de los delitos.

Finalmente, las y los jueces son quienes se encargan de impartir justicia sobre la base de pruebas muchas veces obtenidas de manera legal, cuya cadena de custodia es violada y, por consiguiente, los procesos judiciales se desechan antes de iniciar. Así la seguridad y la justicia en nuestro país y la ciudadanía lo sabe.

Es por ello que no sorprende que la peor reputación por corrupción la tengan la policía de tránsito, las cárceles y los reclusorios, los ministerios públicos y la policía federal[3]. Todos están en la primera línea de prevención del delito e investigación, y todos superan el 65% de respuestas de mucha corrupción.

En segundo lugar están los encargados de impartir justicia, de emitir sentencias, jueces, magistrados y la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quienes se colocan en una posición intermedia al tener entre el 56% y 57% de percepción de mucha corrupción.

Finalmente, las corporaciones de carácter militar (el ejército, la guardia nacional y la marina), que tienen funciones de seguridad pública desde hace más de 12 años en México, son percibidas con menores niveles de corrupción (rondando 25% de las opiniones) que el resto de las instancias de seguridad y procuración e impartición de justicia.

En el caso de los militares, su reputación de fuerza y rectitud (Bailey et al, 2013) son la principal razón por la cual la ciudadanía apoya que se encarguen de las tareas de seguridad pública a pesar de que el mando militar incrementa otro tipo de impunidad: el que deviene del alto índice de letalidad en enfrentamientos con el crimen organizado, que se traduce en mayor pérdida de vidas de civiles como parte de los daños colaterales (Silva Forné et al, 2017; “Fuerzas Armadas…”, 2018; Vela Barba y Jiménez, 2019).

Gobiernos corruptos, leyes de papel

En México existe una sensación generalizada de que la ley no se aplica de forma imparcial. Tres de cada cuatro personas opina que sí existe un trato diferenciado y la impunidad por actos de corrupción es casi total. Sólo 2% de los y las ciudadanas opinan que en el país se respetan las leyes y las corporaciones encargadas de la seguridad pública y procuración de justicia tienen muy mala reputación. En pocas palabras, en México las normas existen, pero la seguridad y la justicia no.

Por otro lado, la solución más popular es incrementar los castigos (8 de cada 10 mexicanos apoyan la medida) y el gobierno está más interesado en ello que en corregir los fallos de origen[4]. Son muchas malas noticias.


*Katia Guzman

Integrante de la Unidad de Investigación Aplicada de MCCI. Licenciada en Ciencia Política y Relaciones Internacionales en el Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE)

@guzmart


Bibliografía

“Fuerzas Armadas, principales responsables de violaciones a derechos en guerra contra las drogas: estudio” (29 de noviembre de 2018), Redacción Animal Político,

“¿Por qué hay tanta Corrupción en México” (6 de junio 2019), Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad. https://contralacorrupcion.mx/por-que-hay-tanta-corrupcion-en-mexico/

“The WJP Rule of Law Index 2019”(2019), World Justice Project, WJP, https://worldjusticeproject.org/sites/default/files/documents/ROLI-2019-Reduced.pdf

Bailey, J., Parás, P., y Vargas López, D. (2013) “¿El ejército como policía? correlación de la confianza pública en la policía, el sistema judicial y los militares: México en un contexto comparativo”, CIDE, http://repositorio-digital.cide.edu/handle/11651/1853

Chapa Koloffon, Lilian (1 de febrero de 2020), “La solución es municipal”, Nexos, https://www.nexos.com.mx/?p=46668

Chaparro Hernández, Sergio y Pérez-Correa, Catalina (noviembre de 2017), “Sobredosis carcelaria y política de drogas en América Latina”, Colectivo de Estudios, Drogas y Derecho, CEDD y Dejusticia, https://www.dejusticia.org/wp-content/uploads/2017/12/SobredosiscarcelariaypoliticadedrogasenAmericaLatina.pdf

Fernández, Vianney (20 de febrero 2019), “Prisión Preventiva Oficiosa: La Desconfianza Manda”, Blog Desarmar la Corrupción, MCCI-Nexos, https://contralacorrupcion.mx/prision-preventiva-oficiosa/

Frissard, Paul (30 de septiembre de 2019), “Cifra negra: Causas atribuibles a la autoridad”, Nexos, https://seguridad.nexos.com.mx/?p=1597

Instituto Nacional de Estadística y Geografía, INEGI (24 de septiembre de 2019), “Encuesta Nacional de Victimización y Percepción de sobre Seguridad Pública (ENVIPE) 2019”, https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/envipe/2019/doc/envipe2019_presentacion_nacional.pdf

Jennings, W, Farrall, S., Gray, E., y Hay, C. (2016), “Penal Populism and the Public Thermostat: Crime, Public Punitiveness, and Public Policy”, Governance, 30(3), 463–481, https://doi.org/10.1111/gove.12214

Magaloni, Ana Laura (2009), “El Ministerio público desde adentro”, México,  Documentos de Trabajo de la División de Estudios Jurídicos, No. 42, CIDE.

Martínez Rodríguez, Javier (Enero 2019), “Nuevos patrones de las relaciones cívico-militares en América Latina”, CIDE, http://mobile.repositorio-digital.cide.edu/bitstream/handle/11651/3154/163026.pdf?sequence=1&isAllowed=y 

Pérez-Correa, Catalina (septiembre de 2015) “Las mujeres invisibles. Los costos de la prisión y los efectos indirectos en las mujeres”, Banco Interamericano de Desarrollo, BID, https://publications.iadb.org/publications/spanish/document/Las-mujeres-invisibles-Los-costos-de-la-prisi%C3%B3n-y-los-efectos-indirectos-en-las-mujeres.pdf

Silva Forné, C., Pérez-Correa, C., y Gutiérrez Rivas, R. (2017), “Índice de letalidad 2008-2014: menos enfrentamientos, misma letalidad, más opacidad”, FLACSO México, http://www.scielo.org.mx/pdf/perlat/v25n50/0188-7653-perlat-25-50-00331.pdf

Vela Barba, Estefanía y Jiménez, Georgina (27 de agosto de 2019), “La (opacidad de la) violencia de las fuerzas de seguridad”, Animal Político.


[1] Liga la T3

[2] Liga al T8

[3] Liga al T7

[4] Liga al T3.