Políticos mexicanos sin visa. ¿Qué puede inferirse y qué no?
NEXOS
MCCI

Te explicamos la nota

María de los Ángeles Estrada

María de los Ángeles Estrada, colaboradora del blog Desarmar la Corrupción, explica las implicaciones de la revocación de la visa estadounidense.

La semana pasada, el gobierno de Donald Trump, a través del Departamento de Estado, anunció nuevas medidas relacionadas con la expedición y revisión de visas estadounidenses. Entre ellas se encuentra una pausa en determinadas citas para visas de inmigrante, mientras los funcionarios consulares reciben capacitación para evaluar de manera más uniforme e integral a los solicitantes, con especial atención a aquellos casos en los que pudiera considerarse que una persona tiene probabilidades de convertirse en una “carga pública” para el gobierno estadounidense.

En principio, esta medida se refiere a quienes buscan migrar de manera permanente a Estados Unidos y no afecta a las visas de no inmigrantes o las temporales, como son las de turista, negocios, estudiante o trabajador temporal. Sin embargo, también esta semana diversos medios informaron que el gobierno estadounidense se prepara para revocar visas otorgadas entre 2016 y 2026 a extranjeros que ingresaron al país como visitantes temporales y que posteriormente solicitaron asilo. De acuerdo con esos reportes, alrededor de 200,000 personas podrían resultar afectadas.

Ambas noticias ilustran una característica fundamental del actual sistema migratorio estadounidense: una visa que ya fue expedida no constituye una autorización irrevocable para ingresar al país ni obliga al gobierno de Estados Unidos a mantenerla vigente hasta la fecha de expiración impresa en el documento.

La Ley de Inmigración y Nacionalidad de Estados Unidos fue promulgada en la década de 1950 y desde entonces ha sido modificada ampliamente, tanto por reformas legislativas como por normas administrativas encargadas de implementarla. Sin embargo, desde hace décadas existe una facultad particularmente amplia para revocar visas que ya han sido expedidas. El Secretario de Estado cuenta con facultades discrecionales muy amplias para hacerlo y, en determinados supuestos, los funcionarios consulares también pueden revocar visas cuando existen elementos que permiten concluir que una persona dejó de ser elegible para conservarlas.

Eso no significa que toda revocación sea arbitraria ni que todos los funcionarios dispongan exactamente de las mismas facultades. Las normas internas del Departamento de Estado distinguen, por ejemplo, entre una revocación basada en una causal de inelegibilidad identificada por un funcionario consular y las llamadas “revocaciones prudenciales” que puede ordenar el propio Departamento de Estado ante determinada información adversa, incluso antes de que exista una acusación penal pública. Esta distinción resulta especialmente importante porque ayuda a entender qué significa y qué no que a una persona le sea revocada una visa.

Las causas pueden ser muy diversas. Una visa puede ser revisada o revocada, entre otros motivos, cuando aparecen antecedentes penales o determinada información adversa sobre su titular. Otros motivos es cuando una persona permanece en Estados Unidos más tiempo del autorizado o cuando se considera que representa un riesgo para la seguridad pública o nacional. También es posible que existan razones para concluir que utilizó o pretende utilizar la visa para fines distintos de aquellos para los que fue expedida. Esto último puede ocurrir, por ejemplo, cuando una persona ingresa como turista pero trabaja sin autorización.


Las autoridades estadounidenses tampoco están obligadas en todos los casos a realizar una notificación personal inmediata antes de que una revocación produzca efectos. Existen procedimientos para procurar que los titulares sean informados en determinadas circunstancias, especialmente cuando se trata de funcionarios públicos o personas prominentes. Sin embargo, puede ocurrir que una persona descubra que su visa dejó de ser válida cuando intenta ingresar nuevamente a Estados Unidos.

Visitar eepurl.com

El caso de los servidores públicos mexicanos

Según el conteo realizado por diversos medios de comunicación, el gobierno estadounidense ha revocado la visa de, al menos, cinco decenas de políticos y funcionarios mexicanos.

Entre quienes han reconocido públicamente encontrarse en esta situación se encuentran la gobernadora de Baja California, Marina del Pilar Ávila; Óscar Eduardo Castro, alcalde de Puerto Peñasco, Sonora; el exgobernador de Guerrero, Héctor Astudillo; Juan Francisco Gim, alcalde de Nogales, Sonora; Norma Alicia Bustamante Martínez, alcaldesa de Mexicali; José Luis Dagnino, alcalde de San Felipe; Alex Tonatiuh Márquez Hernández, extitular de investigación aduanera de la Agencia Nacional de Aduanas de México, y, más recientemente, Andrés Manuel López Beltrán.

También existen versiones periodísticas sobre otros servidores públicos a quienes presuntamente les habría sido revocada la visa, entre ellos el senador Adán Augusto López; Alfonso Durazo, gobernador de Sonora; Américo Villarreal, gobernador de Tamaulipas, y Rubén Rocha Moya, gobernador con licencia de Sinaloa. Algunos de ellos han señalado que no han recibido una notificación oficial del gobierno estadounidense. La ausencia de una notificación pública, sin embargo, no permite por sí sola confirmar ni descartar una revocación, particularmente porque este tipo de decisiones no siempre viene acompañada de una explicación pública sobre sus causas.

No existe hasta ahora una lista oficial y pública del gobierno estadounidense que permita conocer con certeza quiénes han sido afectados ni las razones particulares de cada decisión. Esa ausencia de información obliga a ser especialmente cuidadosos con cualquier conclusión. Tampoco puede afirmarse que la revocación de la visa demuestra la comisión de un delito, la existencia de una investigación penal o la participación de una persona en actividades ilícitas. Lo que sí podemos es analizar los patrones visibles entre los casos que se han hecho públicos.

Por ejemplo, una proporción importante corresponde a políticos y servidores públicos en activo. Varios casos se concentran en Baja California, Sonora, Tamaulipas y Sinaloa, entidades particularmente relevantes para Estados Unidos por temas relacionados con narcotráfico, tráfico de armas, migración, comercio fronterizo, aduanas y cruces terrestres. 

También resulta evidente que Morena domina ampliamente la lista de casos públicamente conocidos. Marina del Pilar Ávila, Juan Francisco Gim, Óscar Eduardo Castro, José Luis Dagnino, Alfonso Durazo, Américo Villarreal, Rubén Rocha Moya, Adán Augusto López y Andrés Manuel López Beltrán pertenecen o han pertenecido al entorno político de ese partido. Este dato requiere cautela porque que la mayoría de los casos conocidos correspondan a integrantes de Morena no demuestra que su afiliación partidista sea la causa de las revocaciones, ni que Estados Unidos esté utilizando las visas para interferir en la política interna mexicana. Más bien, puede estar relacionado con el hecho de que, actualmente, Morena controla la mayoría de los gobiernos estatales y municipales, incluidas varias de las entidades fronterizas y regiones de mayor interés estratégico para Estados Unidos. Si quienes ocupan la mayoría de los cargos relevantes pertenecen a ese partido, no resulta extraño que aparezcan con mayor frecuencia entre los funcionarios sometidos a escrutinio.

Hay otro elemento que merece atención. En varios de los casos conocidos no existe, al menos públicamente, una acusación penal formulada por las autoridades estadounidenses. Esta es precisamente una de las razones por las que las visas constituyen una herramienta particularmente útil para Estados Unidos, porque le permite actuar con base en información de inteligencia, información policial, sospechas de inelegibilidad migratoria u otros elementos sin tener necesariamente que hacer pública la información subyacente.


En el caso de funcionarios públicos extranjeros, además, la medida tendrá consecuencias que van mucho más allá de la capacidad de realizar un viaje personal. Una revocación puede adquirir significado político, diplomático y reputacional, aunque formalmente continúe siendo una decisión de naturaleza migratoria.

En términos prácticos, la revocación limitará la capacidad de los servidores públicos para participar en reuniones bilaterales, encuentros con autoridades estadounidenses, actividades académicas, empresariales o diplomáticas; incluso dificultará el desempeño de determinadas funciones cuando el cargo exige una relación constante con Estados Unidos, lo que es especialmente relevante para las personas que gobiernan estados o municipios fronterizos debido a la cotidiana y estrecha interacción con autoridades estadounidenses en materia de seguridad, migración, comercio, infraestructura y cooperación transfronteriza.

Pero, tal vez, las consecuencias más importantes sean las de carácter político y reputacional, las cuales, además, ya estamos viendo. Porque la revocación de una visa genera, inevitablemente, preguntas sobre las razones que llevaron al gobierno estadounidense a tomar esa decisión. La falta de información oficial puede incluso amplificar ese efecto, porque la medida se convierte en una señal de desconfianza que afecta la credibilidad del funcionario y alimenta especulaciones sobre posibles responsabilidades criminales, lo que genera al servidor público altos costos tanto frente a la opinión pública como dentro de su propio entorno político. 

Sería incorrecto afirmar que una persona es culpable de un delito simplemente porque Estados Unidos le revocó una visa, pero también sería demasiado simplista sostener que la acumulación de revocaciones a funcionarios y políticos mexicanos es un ardid para afectar la soberanía del país. Cuando los casos dejan de ser aislados y comienzan a mostrar patrones territoriales, políticos y funcionales, lo razonable no es desestimarlos, sino preguntarse qué información está utilizando el gobierno estadounidense para tomar esas decisiones y, sobre todo, por qué las autoridades mexicanas parecen no conocerla, no investigarla o no considerarla relevante.

Como parte de la alianza con la revista Nexos, este texto también fue publicado en su sitio web.

Sobre la autora

María de los Ángeles Estrada G.

Directora de la Iniciativa de Transparencia, Anticorrupción y Digitalización, consultora y analista en temas de transparencia y anticorrupción

Todas las opiniones vertidas en este espacio son responsabilidad de las autoras o los autores y no representan la postura de Nexos o de Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad