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Concejos de las alcaldías CDMX: rendición de cuentas y participación ciudadana

Instituciones y políticas públicas

Los concejos de la Ciudad de México pretenden ser mecanismos de rendición de cuentas y participación ciudadana en las alcaldías; sin embargo, 13 de los 16 concejos reprobaron en esta métrica que mide las condiciones mínimas de operación, transparencia y participación ciudadana.

En la Ciudad de México, los servicios públicos básicos, como la recolección de la basura o el alumbrado público, son responsabilidad de las alcaldías. Al frente de ellas, se encuentra una persona elegida por voto directo cada tres años, pero también tienen un contrapeso interno. Se trata del Concejo, integrado por entre diez y quince funcionarios cuya función es supervisar las decisiones de la alcaldía y hacer que rinda cuentas a la ciudadanía.

Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad evaluó el cumplimiento de diez elementos básicos de las actividades de los concejos en las 16 alcaldías de la Ciudad de México. Con esta información, presentamos la primera Métrica de Concejos y Alcaldías Chilangas Abiertas (MeCaCha).

En 2016, la Ciudad de México atravesó una reforma política que le otorgó mayor autonomía de la federación, modificó sus instituciones y descentralizó buena parte de sus decisiones políticas. La Constitución Política de la Ciudad de México, promulgada en 2017, estableció una nueva forma de organización política y administrativa para las 16 demarcaciones territoriales. Así, dejaron de ser delegaciones encabezadas por una única persona que ejercía un poder que al mismo tiempo era centralizado y muy limitado, para pasar a la figura de Alcaldías con una estructura colegiada, encabezada por un alcalde o alcaldesa y un Concejo, el cuál sirve como su contrapeso.

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¿Qué hacen las alcaldías?

En la Ciudad de México, las Alcaldías son los órganos político-administrativos de cada una de las 16 demarcaciones territoriales y el gobierno más cercano a las chilangas y los chilangos, porque gestionan los servicios públicos básicos: alumbrado, agua potable, drenaje y alcantarillado, mantenimiento de calles y banquetas, poda de árboles, recolección de basura.

Las alcaldías están encabezadas por un Alcalde o Alcaldesa y un Concejo, electos cada tres años. Entre sus principales funciones destacan el otorgamiento de licencias de construcción, la emisión de permisos para la operación de establecimientos mercantiles; ejercer la función de protección civil, mantener en óptimas condiciones los parques, jardines y deportivos.

¿Para qué sirve un Concejo en la Alcaldía?

El Concejo es el órgano colegiado que sirve como contrapeso al Alcalde o Alcaldesa. Su función es ser un mecanismo de control, supervisión y evaluación de sus acciones de gobierno, así como de control al ejercicio del gasto público. Además, al ser electos directamente por las chilangas y los chilangos, tienen el mandato de representar sus intereses, de ser el vínculo directo entre la ciudadanía y el gobierno de la alcaldía.

Los concejos están integrados por entre 10 o 15 concejales y concejalas, dependiendo del número de habitantes de cada Alcaldía. En cada demarcación, 60% de estos concejales son electos por voto directo en una planilla junto con los alcaldes; el 40% restante es elegido por representación proporcional, similar a lo que ocurre en la Cámara de Diputados.

El problema es que después de diez años de haber sido creados, los concejos siguen siendo una institución casi desconocida: no sabemos bien quiénes los integran, cómo funcionan, cuáles son sus funciones, ni qué tan bien cumplen su labor.

Adicionalmente, la Constitución de la Ciudad de México incluye una novedosa herramienta de participación directa que permite a las personas estar durante las reuniones de los concejos en las alcaldías, denominada Silla Ciudadana. Esto permite a cualquier vecina o vecino tomar la palabra sobre un asunto específico que le preocupe en su colonia, su barrio o su alcaldía.

Cada alcaldía puede definir en sus reglamentos los requisitos para ejercer este derecho. Esto se traduce en un espectro amplio entre alcaldías, algunas que facilitan el acceso y otras que lo complejizan con medidas administrativas excesivas.

Mientras que en algunas demarcaciones es suficiente una carta de exposición de motivos o un registro 20 minutos antes de la sesión, en otras es necesario un registro cinco días antes o tramitar un certificado de residencia de seis meses de antigüedad. Conoce los requisitos por alcaldía al consultar la información general de cada una de ellas.

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Para conocer y comparar el desempeño de tu Concejo y tus Concejales, presentamos la Métrica de Concejos y Alcaldías Chilangas Abiertas - MeCAChA

Despliegue del mapa de la CDMX con la posibilidad de ver/navegar en la información de cada alcaldía al dar click.

La Constitución de la Ciudad de México establece que los concejos son un mecanismo de control, supervisión, evaluación y vinculación ciudadana en las alcaldías, que representan el ámbito más próximo a la ciudadanía.

La Métrica de Concejos y Alcaldías Chilangas Abiertas evalúa el cumplimiento de diez elementos básicos de las actividades de los concejos en las 16 alcaldías de la Ciudad de México, a partir de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México. Estos elementos están organizados en cuatro subíndices:

1. Cumplimiento normativo

2. Cumplimiento operativo

3. Cumplimiento de transparencia

4. Cumplimiento de participación ciudadana

Mediante estos cuatro indicadores es posible determinar la frecuencia con la que se reúne este cuerpo colegiado de las alcaldías, qué información pública existe sobre estas reuniones, el marco legal con el que operan y la facilidad para que la ciudadanía se involucre.

Esta primera medición evalúa el primer año de actividades de los concejos electos en 2024 desde su instalación en octubre de 2024 hasta septiembre de 2025.

La métrica está basada en el Cabildómetro, realizado en 2022 por el colectivo Regidor MX, a 25 municipios en 12 entidades federativas.

Cada subíndice tiene un puntaje de 0 a 10 puntos, en el que 10 representa que cumple con todos los requisitos y 0 con ninguno. El índice general también se expresa en un rango de 0 a 10 puntos, en dónde 10 representa un cumplimiento total y 0 un cumplimiento nulo.

Principales hallazgos

Las 16 alcaldías obtuvieron en promedio 4.30 puntos de 10 posibles en la métrica MeCaCha. Únicamente tres superaron los seis puntos: Miguel Hidalgo (6.01), Benito Juárez (7.14) y Cuauhtémoc (8.30).

MeCaCha. Promedio de las 16 alcaldías

Resultado general 4.30
Cumplimiento normativo 6.56
Cumplimiento operativo 4.38
Cumplimiento de transparencia 5.54
Cumplimiento de participación ciudadana 0.71

La métrica está organizada en cuatro subíndices que evalúan el nivel de cumplimiento de los concejos. El subíndice mejor evaluado fue el normativo con un promedio de 6.56 puntos de 10 posibles. Por un lado, es notable que las 16 alcaldías cuentan con un reglamento interno; sin embargo, apenas cinco publicaron un informe anual de trabajo (Benito Juárez, Cuauhtémoc, Miguel Hidalgo, Milpa Alta y Venustiano Carranza).

El segundo subíndice mejor evaluado corresponde a las responsabilidades de transparencia. En promedio, las alcaldías transparentaron las convocatorias, actas y listas de asistencias del 60% de sus sesiones ordinarias, pero únicamente se pueden consultar en video una tercera parte (34%).

El promedio del cumplimiento operativo fue de 4.38 puntos de 10. Los concejos se instalan formalmente mediante una sesión solemne; 12 de las 16 alcaldías cumplieron con este proceso. Cuajimalpa, Coyoacán, Iztacalco y Xochimilco no tienen registro de esta instalación.

Te explicamos la nota

La ley orgánica de las alcaldías marca que los concejos deben reunirse por lo menos una vez al mes en sesiones ordinarias. Así, tras un año de haber tomado protesta de su cargo, lo esperable es que tengan 12 sesiones ordinarias. Sin embargo, en promedio los concejos tuvieron 5 reuniones durante el año; es un cumplimiento de apenas 41% . Las alcaldías que más reuniones ordinarias tuvieron fueron Benito Juárez y Coyoacán, con 11 cada una; mientras tanto, Álvaro Obregón, Tláhuac y Xochimilco no cuentan ninguna.

El subíndice peor evaluado es el de la participación ciudadana. En este apartado, revisamos dos elementos: por un lado, que la alcaldía o el Concejo contarán con un canal de participación ciudadana diferente a la Ventanilla Única de Trámites; por el otro, que cada sesión ordinaria celebrada por el concejo tuviera una silla ciudadana. Sin embargo, sólo una de las 16 alcaldías utilizó este mecanismo de participación: se trata de la alcaldía Azcapotzalco que recurrió a ella en dos de las siete sesiones ordinarias que sostuvo.

Adicionalmente, los concejos tienen la capacidad de convocar a las autoridades de los pueblos y barrios originarios, así como a las comunidades indígenas que residen en su demarcación. Sin embargo, no registramos que haya ocurrido en una sola ocasión durante su primer año de actividades. Una posible explicación es que los concejos simplemente no trataron asuntos vinculados a estos grupos; pero es llamativo que no haya ocurrido una sola vez en las 16 demarcaciones en un año.

Este reporte identifica dos asuntos urgentes que deben ser atendidos por los concejos de las alcaldías:

De forma general,. los 16 concejos necesitan fortalecer sus mecanismos de participación ciudadana, que es una de sus funciones esenciales. Esto pasa necesariamente por habilitar canales de participación formales y por promover el uso de la silla ciudadana, retirar requisitos excesivos y difundir la forma de participar.

De manera específica, tres alcaldías ni siquiera habían instalado su concejo y otras tres habían celebrado cuatro o menos sesiones ordinarias. En conjunto, si el trabajo colegial no es recurrente resulta difícil imaginar que está cumpliendo con sus responsabilidades de vigilancia a la persona alcalde y de vinculación con la ciudadanía.